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El covid-19, accidente laboral para el INSS

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha reconocido como accidente de trabajo el contagio por covid de un operario de los servicios de mantenimiento del Hospital de Gurutzeta, en una resolución que no ha sido recurrida por la Mutua que atendió a la persona afectada, según informó ayer LAB.

Esta decisión se ha producido a instancias de un recurso presentado por ese sindicato, que defiende que la consideración de los contagios covid-19 como accidente de trabajo y no como enfermedad común debe extenderse a todo el personal que trabaja en los sectores sanitario y socio-sanitario (personal de limpieza, administrativo, mantenimiento, etc) y no sólo al personal estrictamente sanitario, como hasta ahora estaba reconocida. A tal efecto, en los últimos meses ha desarrollado una campaña «solicitando el reconocimiento como accidente de trabajo a todos los efectos para todo el personal contagiado con el virus que desarrolla su profesión en centros sanitarios y socio-sanitarios, como estaba recogido en los anteriores Real Decretos, posteriormente derogados, así como todas las medidas necesarias para garantizar la salud del personal trabajador».

Según explicó LAB en una nota, en este tiempo ha solicitado diversos cambios de contingencia, de enfermedad común a accidente de trabajo, frente al INSS, que finalmente ha dado la razón en el caso de un recurso referente a un trabajador de mantenimiento del citado hospital vizcaino.

La resolución declara como accidente de trabajo el covid que sufrió el citado trabajador, y la Mutua la ha aceptado.

Responsabilidad de la empresa

«Este hecho lo que demuestra es que los contagios que se dan en las empresas en general, y en Osakidetza en particular, se pueden y deben de evitar con medidas de prevención y protección y que, si esto no sucede, existe responsabilidad de la empresa por no haber tomado las medidas necesarias», considera el sindicato, quien añade que, «por lo tanto, el contagio por covid-19 debe de ser considerado como accidente de trabajo».

Además, LAB considera que en el caso de Osakidetza, a través de esta resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en caso de que siente precedente, «se superaría ese agravio comparativo entre las diferentes categorías, eliminando el menosprecio y la falta de reconocimiento de la importante labor que realiza una gran parte del colectivo de personas que trabajan en el ámbito sanitario y socio-sanitario».