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El TSJN autoriza la prórroga hasta el 12 de agosto del toque de queda para los fines de semana

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha autorizado la prórroga hasta el 12 de agosto del toque de queda para los municipios en situación de riesgo extremo por el covid durante los fines de semana, en festivos y en las no fiestas.

El TSJN ha autorizado la prórroga hasta el 12 de agosto del toque de queda para los fines de semana, festivos y no fiestas. (NAIZ)
El TSJN ha autorizado la prórroga hasta el 12 de agosto del toque de queda para los fines de semana, festivos y no fiestas. (NAIZ)

El TSJN ha autorizado la prórroga hasta el 12 de agosto del toque de queda para los fines de semana, festivos y las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales, según informa el citado tribunal. Ello supone extender el toque de queda nocturno selectivo a 121 localidades navarras que se encuentran en un nivel de riesgo muy alto, con valores de incidencia por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes en 14 días y los 125 en los últimos 7.  

En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que «en este momento, en el que han transcurrido escasos días desde la adopción de la medida por Orden Foral 26/2021, y teniendo en cuenta el decalaje temporal que se ha venido observando en las sucesivas olas de la pandemia, aunque los datos de contagios parecen mejorar ligeramente, se incrementan los hospitalizados en planta y en UCI, y, por tanto, se considera una medida idónea».

La sala añade que aprueba esa prórroga del toque de queda entre la 1 y las 6 horas en determinadas localidades y en momentos concretos porque resulta «eficaz para la contención de los contagios al evitar la interacción social en momentos en que se relajan las medidas de prevención como el uso de mascarilla y la distancia social».

Considera que «es necesaria dada la gravedad de la situación con un ritmo de contagios que colocan a las poblaciones en las que se establece en riesgo extremo y puesto que el adelanto del cierre de locales de hostelería a la 01:00 horas, medida que también incide en el ocio nocturno acordado por Orden Foral 22/2021 y prorrogada por la Orden Foral 24/2021 y 26/2021 no ha sido suficiente todavía para controlar la expansión del virus en las localidades para las que se propone la limitación de la circulación nocturna».

Al respecto, el tribunal recuerda, al igual que en la resolución anterior a esta prórroga, que la medida se considera «proporcionada», porque se adopta «en el mínimo imprescindible para reducir la cadena de contagios, toda vez que no impide la movilidad de forma absoluta, ya que existen varias excepciones a dicha limitación» y no se extiende a todo el herrialde, sino que «es aplicable únicamente en los municipios en riesgo y no se aplica todos los días de la semana».