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Egoitz Urrutikoetxea será juzgado por la doble causa por la que se le condenó a ocho años

El Tribunal Penal de París juzgará, este jueves y viernes, a Egoitz Urrutikoetxea en relación a dos procedimientos judiciales que datan de 2003 y 2005, por los que fue imputado por la acusación de «asociación de malhechores con fines terroristas» y condenado en rebeldía a ocho años de prisión.

Egoitz Urrutikoetxea. (Bob EDME)
Egoitz Urrutikoetxea. (Bob EDME)

Egoitz Urrutikoetxea será juzgado, los días 7 y 8 de octubre, en la jurisdicción correccional por una causa que funde los dos procedimientos por los que fue imputado en 2003 y 2005 de la acusación de «asociación de malhechores con fines terroristas».

Por la primera causa recibió una condena de cuatro años de prisión, en 2007, y por la segunda causa, juzgada en 2010, se le impuso la misma condena.

Ambas condenas le fueron impuestas en rebeldía, por lo que tras su detención, el 6 de octubre de 2015 en Saint-Denis (extrarradio de Paris), su defensa pidió la repetición de juicio.

Encarcelado provisionalmente en la prisión de Fresnes, fue excarcelado el 13 de noviembre del mismo año.

Aunque al conocerse de su detención medios de comunicación españoles situaron a Urrutikoetxea en el «aparato político» de ETA, en días sucesivos se pudo conocer que llevaba una vida ordinaria en la capital francesa, donde alternaba trabajo y estudios en la universidad.

Laurent Pasquet-Marinacce y Laure Heinich, los dos abogados que han llevado la defensa de su padre, ejercerán la defensa de Egoitz Urrutikoetxea.

Los elementos con las que la Fiscalía deberá acreditar que Egoitz Urruikoetxea era miembro de ETA en el periodo de tiempo que se juzga en la causa se centran en pruebas biológicas que le relacionan, básicamente, con el entorno de su padre, en un contexto de preparación de las negociaciones de Ginebra.

El juicio se produce después de que el Tribunal Penal de París decidiera, el pasado 1 de setiembre, absolver a Josu Urrutikoetxea por la causa por la que fue condenado en 2017 a ocho años de cárcel, ello por la consideración de que negociar no puede equipararse a un delito.

Quince días más tarde, el Tribunal de Apelación optaba por ordenar una nueva instrucción del sumario por el que se condenó, igualmente en rebeldía, a Josu Urrutikoetxea, ante el cúmulo de irregularidades e inconsistencia probatoria de la causa.

A la vista de esas decisiones, será inevitable que el debate en el juicio a Egoitz Urrutikoetxea se centre en la cuestión de si contribuir, mediante contactos o gestiones, a la búsqueda de una salida al conflicto es prueba suficiente para endosar la acusación de pertenecer a ETA.