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La Fiscalía no aprecia delito en los avales de las fianzas por dar a conocer el procés

La Fiscalía se opone a que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) investigue al president de la Generalitat, Pere Aragonès, y a los consellers Jaume Giró y Laura Vilagrà por los avales del Institut Català de Finances (ICF), al entender que su finalidad «resulta perfectamente lícita».

Intervención del president Pere Aragonès en el Parlament de Catalunya. (David ZORRAKINO/EUROPA PRESS)
Intervención del president Pere Aragonès en el Parlament de Catalunya. (David ZORRAKINO/EUROPA PRESS)

La Fiscalía Superior catalana ha presentado un informe ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en el que pide que no se admita a trámite la querella que Vox presentó contra al president de la Generalitat, Pere Aragonès, y sus consellers Jaume Giró y Laura Vilagrà por el decreto que ampara los avales del Institut Català de Finances (ICF), a la que se suman otras denuncias de Convivencia Cívica Catalana y del dirigente de Ciudadanos (Cs) Carlos Carrizosa.

A raíz de otra denuncia de Cs, la Fiscalía de Barcelona está también investigando desde hace meses a la junta de gobierno del ICF por la concesión de los avales para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros que el Tribunal de Cuentas reclama a una treintena de ex altos cargos del Govern por destinar dinero público a la promoción del procés en el extranjero.

El escrito de Fiscalía, presentado una semana después de que el Tribunal de Cuentas rechazara los avales del ICF, aduce que la «mera articulación» de ese mecanismo «no implica en sí misma la causación de un perjuicio al patrimonio público» ni la existencia de un delito de malversación, puesto que la Generalitat «sigue conservando el control sobre tales recursos y dispone de un procedimiento ejecutivo que garantiza su debido retorno».

«Aplicación inadecuada o displicente»

En opinión del ministerio público, solo podría haber delito en caso de una «aplicación inadecuada y displicente» de la norma, dirigida a «favorecer indebidamente» a personas que no reúnen los requisitos, o si se pretendiera «eludir o dilatar indefinidamente en el tiempo el obligado reingreso» de los fondos.

En su informe, el teniente fiscal Pedro Ariche descarta que el decreto ley por el que el Govern creó el Fondo Complementario de Riesgos que permitió los avales constituya un delito de prevaricación, porque este castiga los actos administrativos y no los que tienen «naturaleza jurisdiccional, legislativa o meramente política».

Para el ministerio público, la norma no puede ser calificada de arbitraria puesto que «su finalidad –destinar fondos públicos a garantizar la efectiva realización del principio de indemnidad en el ejercicio legítimo de la función pública– resulta perfectamente lícita».

También arguye la Fiscalía que la norma «cumple las exigencias jurisprudenciales», porque obliga a los funcionarios que se acojan a ella a restituir el aval en caso de condena y permite rechazar las peticiones cuando resulte «evidente» que quien lo solicita «ha cometido un acto ilícito».