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Acuerdo de EH Bildu, PSN y Geroa Bai para que haya comisiones de investigación en Iruñea

El Ayuntamiento de Iruñea dispondrá de comisiones de investigación si prospera la reforma que EH Bildu, PSN y Geroa Bai han presentado para que se debata en Pleno. De este modo, podría investigarse la acusación de uso irregular de fondos públicos lanzada a Navarra Suma.

Maya ha frenado, de momento, la comisión informativa sobre el uso partidista de NA+ de recursos municipales.
Maya ha frenado, de momento, la comisión informativa sobre el uso partidista de NA+ de recursos municipales. (Eduardo SANZ/EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Iruñea contará con la posibilidad de convocar comisiones de investigación si prospera la iniciativa acordada al respecto por EH Bildu, PSN y Geroa Bai. Los tres grupos de la oposición, que cuentan con mayoría en el Pleno, han presentado una iniciativa para cambiar el Reglamento del Pleno introduciendo esta herramienta que, entre otras cuestiones, permitiría a los corporativos investigar el presunto uso por parte de Navarra Suma de recursos municipales pagados con fondos públicos para hacer trabajos de partido. Maya impidió que se debatiera la formación de una comisión de investigación en el último Pleno.

Los tres partidos de la oposición han acordado promover un Pleno extraordinario en el que el único punto será la citada modificación. En concreto, EH Bildu, PSN y Geroa Bai piden la introducción en el Reglamento del Pleno de hasta seis nuevos artículos de los que cinco se recopilarían en un nuevo capítulo (el capítulo VI). El primer cambio consiste en añadir, en el artículo 102 del Reglamento, la propia figura de la comisión de investigación equiparada a las comisiones permanentes y no permanentes, ya existentes

El segundo gran cambio es la introducción del Capítulo VI que es el que desarrolla, en cinco artículos, las competencias de las comisiones de investigación. Así, se establecería que estas comisiones podrían investigar «cualquier asunto que se entienda merece la especial atención municipal, extinguiéndose una vez terminada la investigación».

El siguiente artículo fija el proceso de creación de las comisiones: «Son creadas por el Pleno y formarán parte de ellas la misma representación establecida para las comisiones informativas, designada por Alcaldía a propuesta de la portavocía de cada Grupo. Ostentará la Presidencia quien designe Alcaldía de entre los miembros de la Comisión, escuchadas las propuestas que le trasladen los grupos».

Comparecencia obligatoria para ediles

Respecto al funcionamiento, se prevé que estas comisiones «podrán instar a que comparezca cualquier persona que pueda tener relación con el asunto que se esté investigando o cuyo testimonio se estime conveniente». Asimismo, se propone que estas herramientas puedan «recabar cuanta documentación e informes convengan a su fin específico, y requerir a otras Administraciones Públicas para que colaboren».

La obtención de antecedentes y documentos necesarios para esclarecer los hechos será otra prerrogativa de los miembros de estas comisiones respecto a los trabajadores de la administración municipal. Asimismo, se establece que «se podrá requerir la comparecencia de Concejales/as y personal empleados de cualquier condición (funcionarial, interino, libre designación…), para que expliquen los hechos que han realizado, producido o conocido».

«Las personas requeridas deberán atender las peticiones de comparecencia y contestar las preguntas que se les hagan, salvo que de sus respuestas pudiera resultar la propia responsabilidad», propone el texto. «Qué comparecencias se aceptan o no se decidirá por votación», añade.

Sesiones abiertas si se decide por votación

Respecto a la publicidad de las mismas, el texto propuesto reserva a la votación de la propia comisión «qué sesiones o qué parte de esas sesiones serán públicas con acceso a la ciudadanía y a los medios de comunicación».

La modificación propuesta por los tres partidos de la oposición prevé que la primera convocatoria de una comisión de investigación se realizará «en un plazo no superior a los diez días desde la aprobación del acuerdo de creación por el Pleno, sin que en ningún caso pueda coincidir el mismo día con otras Comisiones Informativas o sesiones de Pleno». El resto de convocatorias se decidirán por mayoría en cada sesión celebrada.

Al final de estos trabajos se encargará un informe que se aprobará por mayoría y al que se adjuntarán los votos particulares que se hayan hecho sobre las conclusiones.

Dos fechas posibles para el Pleno

Una vez formalizada hoy la solicitud ante secretaría, el Reglamento marca que el alcalde tiene quince días hábiles para convocar el Pleno extraordinario y, de no hacerlo, éste se convocaría, automáticamente, a las 12 del mediodía del quinto día hábil siguiente. En fechas y si el alcalde acepta la petición de quienes representan la representación mayoritaria de la ciudadanía, el Pleno debería celebrarse como muy tarde el 31 de mayo. En el caso de que Maya rehúse cumplir el mandato de la oposición, la sesión se convocaría alrededor de la segunda semana de junio.

El texto presentado hace referencia expresa a que esta convocatoria tiene que ver con «las denuncias por uso irregular de recursos públicos realizadas en este Ayuntamiento y las dudas que el Alcalde y el concejal Echeverría han suscitado sobre este fenómeno y la posibilidad de utilizar los servicios jurídicos municipales para uso particular de un partido o coalición política».