Naiz
Donostia

Condenado a 7 años de cárcel por violar a una compañera de piso el día de Año Nuevo en Donostia

La Audiencia de Gipuzkoa ha impuesto una condena de siete años de cárcel a un hombre que agredió sexualmente a una compañera de piso que se encontraba «profundamente dormida» en su cuarto tras haber tomado un somnífero y haber consumido alcohol durante la celebración del Año Nuevo de 2019.

Manifestación contra los agresores sexuales en la Aste Nagusia de Donostia de 2019.
Manifestación contra los agresores sexuales en la Aste Nagusia de Donostia de 2019. (Juan Carlos RUIZ | AFP)

La sentencia del caso, que se ha hecho pública este martes y a la que ha tenido acceso la agencia Efe, recoge los hechos que sucedieron en un piso del barrio donostiarra de Amara en el que tanto el procesado como la víctima tenían alquiladas sendas habitaciones y en el que la damnificada cenó en Nochevieja junto a otras tres amigas.

Durante la celebración de fin de año, las cuatro mujeres bebieron sidra, champán y algo de vino, mientras se fueron sumando a la fiesta otros residentes en el domicilio según iban llegando a la vivienda.

La resolución judicial de la Audiencia de Gipuzkoa precisa que el último en llegar fue el acusado, quien estuvo en la cocina bailando con la víctima hasta que ésta «se marchó a descansar porque trabajaba a la mañana siguiente». Transcurrido un tiempo, entre las 5.30 y las 6.00 horas de la madrugada, el encausado entró en el dormitorio de la chica y la violó mientras ella pedía que la dejara «en paz».

Durante el juicio, el procesado defendió que las relaciones sexuales habían sido consentidas, pero la sentencia otorga total credibilidad a la versión de la mujer, subrayando que la existencia de lesiones constatadas por los forenses «excluyen el consentimiento».

Cárcel y, después, libertad vigilada

El tribunal considera al acusado responsable de un delito de agresión sexual, por el que le impone 7 años de prisión y, una vez sea excarcelado, otros 7 años de libertad vigilada.

Asimismo, le prohíbe aproximarse a su víctima y comunicarse con ella durante 10 años y le obliga a compensarla con 6.200 euros en concepto de responsabilidad civil.

La sentencia no es firme ya que es posible presentar recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).