Condenado a cinco años por encerrar a su pareja en una nave abandonada de Burlata

La Sección Segunda de la Audiencia de Nafarroa ha condenado a cinco años de prisión a un hombre que encerró a su pareja en una serrería de Burlata. La Audiencia, sin embargo, ha acordado sustituir la pena impuesta por la expulsión del Estado español del condenado.

Cartel de apoyo a las víctimas del machismo.
Cartel de apoyo a las víctimas del machismo. (M. RAMÍREZ | FOKU)

La Sección Segunda de la Audiencia de Nafarroa ha condenado por detención ilegal a 5 años de prisión a un hombre que encerró con una cadena y un candado a su pareja en una serrería abandonada de Burlata en la que él residía.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la Audiencia Provincial ha acordado sustituir la pena impuesta por la expulsión del Estado español del condenado, M.L., de 44 años y de nacionalidad marroquí, quien no podrá regresar en 10 años.

Además de la pena de prisión, el fallo indica que el procesado no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante 8 años, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa.

En la resolución judicial se considera probado que el inculpado y la víctima mantenían una relación de pareja desde hacía cuatro años.

En una hora indeterminada del 24 de febrero de 2022, el encausado y la denunciante se encontraban en el interior de una serrería abandonada situada en la calle Larrainzar de Burlata, en donde él vivía, y también residía su pareja cuando discutía con su madre.

Por motivos desconocidos, según recoge la sentencia, el acusado abandonó el lugar dejando a su compañera encerrada. Colocó en la puerta una cadena y un candado por fuera para que ella no pudiera huir del lugar. No ha quedado acreditado, según la Audiencia, que ese día el procesado la golpeara en la cara.

En el juicio, el Ministerio Fiscal pidió 11 meses de prisión por un delito de maltrato no habitual y 5 años por un delito de detención ilegal. Al respecto, solicitó la sustitución de esta última pena por la expulsión del territorio nacional. La defensa, por su parte, reclamó la absolución.

La Sección Segunda de la Audiencia considera acreditado el delito de detención ilegal con la agravante de parentesco por varias pruebas. En primer lugar, por la grabación de la llamada de la víctima al 112 en la que se le escucha denunciar que su pareja la ha dejado encerrada y no puede salir.

Asimismo, los magistrados destacan las declaraciones de los dos agentes de la Policía Municipal de Burlata que comprobaron, de forma personal y directa, que la denunciante estaba encerrada en un edificio abandonado y que era «imposible» abrir la puerta desde dentro por culpa de la cadena y el candado.

Lesiones sin precisar fecha

Respecto al delito de maltrato no habitual, los jueces no dudan de que el inculpado haya podido golpear a su pareja en ocasiones anteriores, pero, en cambio, no tienen la certeza de que lo hiciera ese día, por lo que le absuelven del mismo.

En este sentido, revelan que carecen del informe médico de primera asistencia puesto que la mujer se marchó del centro de salud sin ser atendida. Además, según apuntan los magistrados, los dos agentes de policía coincidieron en señalar que las lesiones en la cara «parecían anteriores».

El artículo 89 del Código Penal, según explican los jueces, prevé la sustitución de las penas inferiores a 6 años por la expulsión del territorio cuando sean impuestas a extranjeros no residentes legalmente en el Estado español.

En el caso enjuiciado, el tribunal así lo determinada debido a la inexistente convivencia familiar, la falta de trabajo y de documentación, así como su desconocimiento del idioma.