Naiz

El Gobierno navarro convoca ayudas para la producción cinematográfica

La Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana publica en el BON su convocatoria plurianual de subvenciones a la producción cinematográfica para 2018 y 2019, por un importe máximo de 520.000 euros: 280.000 para el primer año y 240.000 para el segundo. El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales a partir de mañana, 14 de junio.

Rodaje de una película en la plaza Consistorial de Iruñea.
Rodaje de una película en la plaza Consistorial de Iruñea.

Las ayudas van destinadas, por un lado, a la producción de largometrajes de ficción, documental o animación (de una duración superior a 60 minutos) destinada a su explotación comercial en salas de exhibición de cine, en televisión o plataforma de Internet.

Por otro lado, se subvencionará la producción de ficción, documental, animación o producciones televisivas (de una duración inferior a 60 minutos), destinadas a su exhibición comercial pública en salas de exhibición de cine, en televisión o plataforma de Internet.

Finalmente, se incluye en esta convocatoria el desarrollo de proyectos de producción de largometrajes, aquellas acciones que se realizan antes de la fase de producción propiamente dicha.

Los proyectos objeto de ayuda de las modalidades A y B (largometrajes y cortometrajes) deberán iniciar el rodaje antes del 31 de octubre de 2018, inclusive, y la película deberá estar finalizada el 31 de octubre de 2019, inclusive.

Las personas solicitantes que opten por la modalidad C tendrán de plazo hasta el 31 de octubre de 2018, inclusive, para presentar la justificación del gasto asociado al desarrollo del proyecto beneficiario, así como de los materiales y/o documentos que demuestren la consecución de las tareas de desarrollo indicadas en la solicitud.

En el caso de las modalidades A y B, cada solicitante sólo podrá presentar un proyecto mientras que en la modalidad C se podrán presentar hasta tres proyectos para la misma solicitud. Sólo se seleccionará un proyecto por modalidad.

Ayudas en 2018 y 2019
Podrán acogerse a estas ayudas tanto personas jurídicas privadas independientes, como Agrupaciones de Interés Económico (AIE), aquellas cuyo objeto social, según su inscripción en el Registro Mercantil, sea la realización de actividades de producción. Podrán optar a las ayudas equiparándose a estos efectos a las productoras de carácter independiente.
De acuerdo con las bases, la cuantía de la ayuda para cada proyecto será como máximo de 100.000 euros.

El proyecto deberá disponer y acreditar, al menos, el 25% de la financiación necesaria para cubrir el coste total de la producción. Por otra parte, cuando la ayuda se pretenda para una coproducción, el solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 20% de la producción total. En este caso se considerará que el presupuesto del solicitante es la participación en la coproducción.

Los proyectos deberán cumplir, al menos, dos de las siguientes condiciones: que la persona encargada de la dirección sea natural de Nafarroa o esté empadronada en el herrialde con anterioridad al 1 de enero de 2017; que el rodaje se realice en Nafarroa, al menos, en un 40%. En caso de ser un documental o proyecto de animación, el 40% de los recursos técnicos y humanos estarán establecidos en el herrialde; que la productora tenga domicilio fiscal en Nafarroa como mínimo tres meses antes de la fecha de inicio del rodaje.

Podrán acogerse a las ayudas para la producción de cortometrajes tanto personas físicas independientes como personas jurídicas privadas independientes. Según se recoge en las bases de la convocatoria, la cuantía de la ayuda para cada proyecto no podrá ser, en ningún caso, superior a 25.000 euros.

Los proyectos deberán reunir de forma acumulativa los siguientes requisitos: que la persona encargada de la dirección sea natural de Nafarroa o esté empadronada en el herrialde con anterioridad al 1 de enero de 2017; y que el rodaje se realice en Nafarroa, al menos, en un 40% o bien que el 40% de los recursos técnicos y humanos estén establecidos en el herrialde.

Asimismo, el proyecto deberá disponer y acreditar, al menos, el 25% de la financiación necesaria para cubrir el coste del trabajo. Por otra parte, cuando la ayuda se pretenda para una coproducción, el solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 20% de la producción total. En este caso se considerará que el presupuesto del solicitante es la participación en la coproducción.

Ayudas al desarrollo de proyectos de largometrajes
En esta modalidad se incluyen aquellas acciones que se realizan antes de la fase de producción propiamente dicha, que son: escritura definitiva del guión, elaboración del ‘casting’, los trabajos destinados a confeccionar el plan de producción, trabajos de documentación y localización de los lugares de rodaje, la elaboración de proyecto para ayudas estatales o europeas, la gestión de recursos económicos y planes iniciales de venta, la elaboración del presupuesto y del plan de financiación, los trabajos relacionados con aspectos tecnológicos del proyecto y otros conceptos que se consideren esenciales para la fase del desarrollo del largometraje.

A estas ayudas podrán acogerse tanto personas físicas independientes como personas jurídicas privadas independientes.

De acuerdo con las bases, la cuantía de la ayuda para cada proyecto será como máximo de 10.000 euros, no pudiendo ser en ningún caso superior al 50% del presupuesto aceptado.

Las solicitudes presentadas deberán reunir, al menos, dos de los siguientes requisitos: que la persona encargada de la dirección sea natural de Nafarroa o esté empadronada en el herrialde con anterioridad al 1 de enero de 2017; que el rodaje se realice en Nafarroa, al menos, en un 40%. En caso de ser un documental o proyecto de animación, el 40% de los recursos técnicos y humanos estarán establecidos en Nafarroa; o que la productora tenga domicilio fiscal en el herrialde durante todo el proceso de realización del proyecto de desarrollo.

Asimismo, los proyectos que se presenten a la convocatoria deberán tener y acreditar, al menos, un 20% de la financiación necesaria para cubrir el coste total de la fase de preproducción. Por otra parte, cuando la ayuda se pretenda para una coproducción, la persona solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 20% de la producción total. En este caso se considerará que el presupuesto del solicitante es la participación en la coproducción.

En las tres modalidades, la documentación que se aporte junto con la solicitud deberá presentarse obligatoriamente de manera telemática, si se trata de personas jurídicas. En el caso de personas físicas, también se podrá hacer de forma presencial aportando la documentación en soporte electrónico (CD-Rom o memoria USB).