Naiz
Iruñea

Prisión para el hombre que incendió la vivienda en la que convivía con su pareja en Iruñea

La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Iruñea ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del hombre que supuestamente prendió fuego a la vivienda en la que residía con su pareja el pasado 16 de octubre en la calle Mayor de la capital navarra. Como consecuencia del fuego, ambos sufrieron heridas muy graves.

En el auto, que puede ser recurrido, la magistrada imputa al investigado los delitos de incendio y homicidio o asesinato en grado de tentativa, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

El detenido, que ha sido puesto este lunes a disposición del juzgado, se ha acogido a su derecho a no declarar. Por este motivo, la juez lamenta que «no se haya podido contrastar con su testimonio la versión dada por varios testigos, que relataron que con anterioridad al incendio, sobre las 23.00, escucharon una discusión previa entre el imputado y la víctima».

En la comparecencia celebrada para la imposición de medidas cautelares, el Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión provisional, una petición a la que se ha adherido la acusación particular. Por su parte, el abogado defensor ha abogado por la libertad provisional del investigado.

Cuatro motivos

En la resolución, la juez desgrana cuatro motivos para decretar el encarcelamiento preventivo. En primer lugar, por la gravedad de los hechos investigados, que se corresponden con delitos para los que el Código Penal establece «penas muy graves».

Asimismo, la juez destaca los antecedentes del encausado en delitos relacionados con la violencia de género, así como el hecho de que en fechas recientes haya tenido una condena de alejamiento de la víctima que concluyó el pasado mes de junio.

En tercer lugar, la magistrada destaca la necesidad de proteger a la víctima, que en estos momentos se encuentra «en situación médica de gran vulnerabilidad» y que, además, «ha sufrido situaciones de violencia anteriores por parte del mismo investigado que motivaron su condena».

Por último, la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer aprecia un riesgo de fuga derivado de la existencia de este procedimiento, ya que el imputado «no acredita un arraigo familiar y laboral que permita valorar que no vaya a intentar fugarse».