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Estrasburgo inadmite la demanda de Pikabea para que le descuenten la pena en el Estado francés

El Tribunal Europeo de Estrasburgo de Derechos Humanos (TEDH) sostiene que el recurso que presentó Kepa Pikabea ante la negativa de la justicia española de descontarle los diez años de prisión cumplidos en Francia carece de fundamento. Estrasburgo argumenta que los delitos por los que se le condenó fueron distintos.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Supremo español desestimó en 2017 por nueve votos a seis el descontar estos diez años de prisión a su pena original, confimando así una polémica decisión de la Audiencia Nacional que se aplica a todos los presos de forma generalizada. Esto hizo que Pikabea llevara esta batalla judicial a Europa.

En octubre pasado, el TEDH desestimó las demandas de conmutación de penas en el Estado Francés que realizaron Santiago Arrozpide, Alberto Plazaola y Francisco Mujika. De este modo, Europa validó la doctrina que había adoptado el Supremo español con tan fuerte división interna. Tras la sentencia de octubre, los abogados Haizea Ziluaga e Iker Urbina, señalaron que había entre 40 o 50 recursos similares (entre los que se podría incluir este de Pikabea, pese a no pertenecer al EPPK) y que no era esperable que Europa cambiara su criterio.