Ion TELLERIA
DONOSTIA
LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ESTADO ESPAÑOL

El TEDH exculpa la quema de fotos del rey y censura su «privilegio»

El Tribunal de Estrasburgo considera que la quema de las fotos de los reyes Juan Carlos de Borbón y Sofía de Grecia se enmarca en el ámbito de la crítica política y condena al Estado español por el fallo contra dos independentistas catalanes. Insiste, además, en que «una protección especial» del jefe de Estado contraviene la Convención europea.

El mismo tribunal que hace un mes condenó a España en el caso de las torturas denunciadas por Igor Portu y Mattin Sarasola volvió a sancionarle por la sentencia contra dos independentistas catalanes que quemaron en 2007 una foto de los reyes Juan Carlos de Borbón y Sofía de Grecia en Girona. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) estima que la acción está protegida por la libertad de expresión y censura que el TC español considerase que se enmarcaba en el ámbito de un «discurso de odio».

Estrasburgo condena por unanimidad al Estado español a pagar 2.700 euros a cada uno de los demandantes –Jaume Roura y Enric Stern–, además de otros 9.000 euros en concepto de costas. Ambos fueron condenados a 15 meses de prisión eludibles con una multa de 2.700 euros.

El tribunal afirma que la quema de fotos se inscribe en el ámbito de la crítica política contra «la institución de la monarquía en general y del Reino de España como nación, en concreto». Añade, además, que así lo demuestra el contexto, marcado por «un momento de debate sobre cuestiones de interés público como la independencia de Catalunya, la forma monárquica del Estado y la crítica del rey como símbolo de la nación española». El abogado de ambos, Benet Salellas, valora que el fallo supone una «enmienda a la totalidad» a casos similares de «incitación al odio» abiertos en los últimos meses en Catalunya.

El Gobierno español argumentó ante el TEDH que la iniciativa «dio pie a actos violentos», en referencia a las protestas ocurridas en setiembre de 2007 por la inculpación de los dos catalanes. Estrasburgo contradice al TC español y afirma que «los datos recabados no pueden llevar a esa conclusión» y que los incidentes «deberían ser interpretados como la consecuencia no de la puesta en escena de los requerientes sino como una reacción contra la utilización por parte del Estado de la represión penal».

«Privilegios» de la monarquía

La sentencia también incide en el hecho de que el objeto de la protesta era la monarquía. Afirma que «el interés de proteger la reputación del jefe de Estado no puede justificar ni conferir a este último un privilegio o una protección especial frente al derecho a informar y exprimir opiniones sobre ella». En este punto cita la sentencia de 2011 favorable a Arnaldo Otegi, que fue condenado por tribunales españoles por llamar «jefe de los torturadores» al rey español.

Horas después de conocerse el nuevo varapalo al Estado español, PP, PSOE y Ciudadanos unieron sus votos en el Congreso para rechazar la proposición de ley de ERC para sacar del Código Penal los delitos de injurias a la Corona y ultraje a España, tipo con el que se ha castigado a ciudadanos, artistas...

 

AI: «Una ley antiterrorista contra los artistas»

«Tuitea si te atreves» es el sugerente título del informe presentado ayer por Amnistia Internacional que recopila datos sobre la aplicación del artículo 578 del Código Penal español que alberga tipos como el de «humillación de las víctimas» o el «enaltecimiento del terrorismo». AI exige su derogación y defiende que solo se penalicen «las expresiones que animen a otras personas a cometer un delito reconocible (...) y con una probabilidad de que lo lleven a cabo». Cree AI que el argumento del «antiterrorismo» se está utilizando en el Estado español para atacar a periodistas, tuiteros y artistas. Así lo explicitó al dar cuenta del informe en francés, con el título de «España: una ley antiterrorista dirigida a los creativos», y en inglés con el título «España: la ley antiterrorista utilizada para aplastar la expresión creativa online». En este último caso, la noticia venía ilustrada con una imagen del preso vasco Alfredo Remírez utilizada por Santiago Sierra en la obra sobre presos políticos censurada en ARCO.

El informe no cita este último caso pero si los de la tuitera Cassandra Vera, condenada, y posteriormente absuelta, por un tuit sobre Carrero Blanco o el del cantante César Strawberry por un tuit de idéntica temática.

AI denuncia que durante los últimos años las condenas por este motivo han aumentado considerablemente y que una ley modificada en el contexto de los atentados de París se está utilizando sobre todo para penalizar mensajes referidos a grupos inactivos como ETA o los Grapo. I.T.