Iñaki Egaña
Historiador
GAURKOA

Juicios ilegales

Por segunda en vez en quince días, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha condenado a España por no juzgar con justeza, es decir, saltarse su propia ley, para condenar a ocho vascos. En el primero de los casos, si bien es verdad que el Tribunal no entró a analizar el contenido de la sentencia, alargando la duplicidad de penas, los afectados fueron Arrozpide, Mujika Garmendia y Plazaola, mientras que, en la segunda de las ocasiones, los perjudicados han sido Díez, Jacinto, Otegi, Rodríguez y Zabaleta.

En ambas sentencias del TEDH, se destaca la vulneración de España del artículo 6.1 del Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. La declaración de este Convenio tuvo lugar en Roma en 1950 y España lo firmó, asómbrense, casi tres décadas después, en 1979. Con posterioridad ha concitado varios protocolos adicionales, como el de 1983 de la abolición de la pena de muerte, refundidos en un texto ratificado en 1999.

El artículo 6.1 dice textualmente que «Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley, que decidirá los litigios sobre sus derechos y obligaciones de carácter civil o sobre el fundamento de cualquier acusación en materia penal dirigida contra ella».

La vulneración de este punto, en ambas ocasiones (y en otros centenares me atrevería a decir que no fueron a Estrasburgo) nos da el tamaño de la sentencia que, aquí y allá, han querido banalizar. Los ocho condenados no tuvieron derecho a que su causa fuera «oída equitativamente». El tribunal que los juzgó no fue ni independiente ni imparcial. Es decir, por hacerlo en términos futbolísticos, el árbitro estaba comprado, y se saltó los principios más elementales de su función, en el caso judicial, pública. Por ello, el Comité de Competición le habría condenado a perpetuidad, abandonando su profesión, y de seguro que la Liga de Fútbol profesional le habría incoado un expediente penal.

Pero nada de eso ha ocurrido. El Consejo General del Poder Judicial ha dado la callada por respuesta. El árbitro es de los suyos, expandiendo la duda de que todo el sistema arbitral, siguiendo el símil futbolístico, se rige por criterios pandilleros. La ley del silencio, la omertá. La consanguinidad política que hace hermanos de sangre a los miembros del clan.

El artículo del Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos violado no estaba vigente ni de manera oficial ni oficiosa mientras se juzgaban a miles de militantes antifranquistas, cuando la existencia del Tribunal de Orden Público acogotaba la labor política ilegal, cuando Jon Paredes Txiki y Ángel Otaegi, fueron ejecutados, por ejemplo, tras ser «juzgados» por tribunales hispanos. Me podrán decir que España aún no era una democracia porque entonces España tampoco había firmado aún la Carta de Derechos Humanos de Naciones Unidas de 1948. Lo haría en julio de 1977.

Pero, con el argumento de que España aún no era «democrática», resulta que cuando, con esos acotamientos, diversas instituciones han solicitado la nulidad de todos esos juicios, claramente ilegales desde una visión democrática de la justicia, la respuesta de los gobiernos, en este caso tanto del PP como del PSOE, ha sido negativa. Las razones eran del todo peregrinas, pero en el fondo subyacía la naturaleza de la continuidad. Ni siquiera la Ley de la Memoria Histórica aprobada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero en 2007, hace la más mínima mención a la nulidad de aquellos juicios de la dictadura franquista.

Pero aún la politización tiene un renglón más. La misma Audiencia Nacional fue creada en enero de 1977, cuando España no reconocía ni la Carta Universal de Derechos Humanos, que se la pasaba por el arco del triunfo, ni el Convenio de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. No quiero zambullirme en el pasado, aunque aprovecho el altavoz para recordar que la creación de la Audiencia Nacional se hizo invocando el artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, vigente desde 1882 después de la Segunda Guerra Carlista. En la memoria reciente nos queda el hecho de que, en mayo de 2013, los portavoces de Amaiur, CiU, PNV e Izquierda Plural en el Congreso pidieron en el Congreso español la desaparición de la Audiencia Nacional. Y que sus competencias pasaran a los jueces naturales. Amaiur, en el debate parlamentario, señaló que la Audiencia Nacional ha propiciado la vulneración sistemática de Derechos Humanos.

Lo lógico, desde un punto de vista democrático, hubiera sido que, a su reconocimiento, España anulara los criterios con los que dio nacimiento a su tribunal especial, sustituto del Tribunal de Orden Público franquista, a su vez heredero del Tribunal para la Represión de la Masonería y el Comunismo. Si se hubiera procedido en lógica democrática, la extinción de la Audiencia Nacional hubiera sido la posición más saludable.

Los medios han destacado, en el caso del llamado Bateragune, que España en general y su judicatura en particular, tienen un problema con la jueza Ángela Murillo, por cierto, condecorada con la cruz al Mérito de la Guardia Civil en 2010 junto al hoy ministro del Interior, el entonces magistrado Fernando Grande Marlaska. El «inconveniente», sin embargo, no lo tienen con dos o tres ovejas negras, sino con todo un sistema que rompe abiertamente con la supuesta separación de poderes y se comporta como un apéndice más del Estado profundo. Un Estado que mueve sus hilos en coordenadas de venganza y de intereses espurios.

Condensar el recorrido de la judicatura en España daría para una enciclopedia o un sinfín de tesis doctorales. Ha sido y es parte de un engranaje represivo, uno de cuyos paradigmas fue la unificación de los ministerios de Justicia e Interior en tiempos de Felipe González, recayendo su gestión en Juan Alberto Belloch, hoy magistrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza. De aquellos barros, tras la vuelta a dos ministerios, quedó una muestra más de la politización de la justicia, el mandato de la política penitenciaria por Interior, con lo que ello afecta a los presos políticos vascos (también a otros del Estado, incluidos los catalanes).

El recorrido político de la Audiencia Nacional es del todo conocido. Un tribunal especial, sustentado en códigos franquistas. Y al margen de los tirones de orejas de Estrasburgo, amplificados en la no investigación de torturas, o como en el caso último de Portu y Sarasola de negarlas cuando eran evidentes, habría que traer al presente los centenares de casos irregulares cuando las condenas emitidas las realizaron tras autoinculpaciones sustentadas en malos tratos y torturas. ¿Cuántos de estas condenas hubieran pasado el tamiz de un tribunal imparcial? ¿Cuántas de ellas hubieran violado el punto 6.1 del Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales?

La justicia española ha estado politizada desde que la dictadura abolió por las armas los principios republicanos hace ya mucho tiempo. Nuevamente de aquellos barros estos lodos. Cuando se han producido sentencias indignantes referidas a temas como el reciente de la Ley Hipotecaria, que obliga a los clientes a pagar la factura bancaria, o relativas a cuestiones de género, donde la visión machista de los jueces ha imperado sobre la de justicia, algunos sectores progresistas han puesto el grito en el cielo.

Pero esas denuncias, bien intencionadas supongo, no pueden ocultar el fondo de la cuestión. El relacionado con la separación de poderes y el de la vulneración del primer y principal apartado, el de la justicia. Miles de vascas y vascos han sufrido las consecuencias de estos renglones torcidos, y vaya que torcidos, (hayan acudido o no a Estrasburgo), por parte de un Tribunal Especial cuya existencia es ya de por si una afrenta a la propia democracia.