Maite UBIRIA BEAUMONT
BAIONA

La queja de una presa vasca llega al Constitucional galo

La Corte de Casación francesa ha elevado una demanda prioritaria al Consejo Constitucional para que esta instancia se posicione sobre la vulneración de principios básicos que podría derivarse de la aplicación de una ley, adoptada en junio de 2016, por la que de facto se impide a los presos de «nacionalidad extranjera» condenados por «terrorismo» solicitar la libertad condicional. La demanda se basa en una queja de la abogada de la presa vasca Alaitz Areitio.

La reforma de ley del 3 de junio de 2016 bloqueó totalmente el acceso a la libertad condicional para los presos de «nacionalidad extranjera» condenados en causas de «terrorismo».

La «nacionalidad extranjera», de una parte, y las órdenes de prohibición de estancia o de expulsión de territorio que, en la mayoría de los casos, acompañan las condenas a los presos vascos, se convirtieron en un doble cerrojo para «tres cuartas partes» de los encarcelados en el Estado francés, ya que la mayoría de los integrantes del colectivo de presos proceden de Hego Euskal Herria.

La abogada Maritxu Paulus Basurco, que ejerce la defensa de la presa Alaitz Areitio, hizo valer durante una vista celebrada el pasado 20 de febrero en el Tribunal de Aplicación de Penas (TAP) que esa norma priva a su defendida de la posibilidad de acceder a un recurso legal al que, una vez cumplido el llamado periodo de seguridad –o de cumplimiento obligatorio en prisión– y bajo determinados requisitos sí pueden aspirar el resto, sin ir más lejos los naturales de Ipar Euskal Herria.

Dos instancias

En su queja, Paulus Basurco argumentó que dicha ley contradice principios básicos como el de igualdad y también el de «necesidad, proporcionalidad e individualización de la pena».

La cuestión fue tenida en cuenta por el tribunal, que no respondió a la queja de la abogada al no estar facultado para responder a una duda referente a la Carta Magna, pero optó por elevar la cuestión a la Corte de Casación. Ahora, por una decisión con fecha de 5 de junio, esa instancia de apelación vuelve a tener en cuenta la solicitud, algo de por sí excepcional ya que esa instancia aplica un filtro severo y sólo eleva causas muy fundamentadas al Constitucional.

La Corte recoge argumentos referentes a criterios constitucionales esenciales, sobre los que pide un posicionamiento al Consejo. La letrada aclara que se trata de una consulta sobre una cuestión de fondo, que podría abocar a declarar inconstitucional el artículo 730-2-1 de la ley.

En concreto, la Corte de Casación remite, por así decirlo, una doble pregunta al Consejo. Así, acepta el motivo principal esgrimido por la letrada lohizundarra sobre la eventual vulneración del principio de igualdad. También se ampara de otro criterio evocado por la defensa de Areitio, el relativo a la «necesidad, proporcionalidad e individualización de la pena». Si bien este último aparece igualmente citado en una segunda causa, a la que se da curso en paralelo, y que parte de una queja planteada por otro preso, no vasco pero igualmente condenado en una causa por «terrorismo».

Una ley promulgada al calor de las reformas securócratas

Tras los atentados islamistas de 2015, el Estado francés se dotó de nuevas medidas legales que, bajo la pretensión de mejorar la seguridad, afectaron a derechos básicos. Algunos mecanismos son conocidos, como el fichero especial Fijait, creado ese mismo año y que ha llevado a la inclusión de vascos o corsos que han pasado o están aún hoy en prisión, pese a haber sido inicialmente concebido para combatir al «islamismo radical».

El 3 de junio de 2016, una reforma legal referente al código procesal penal borraba de un plumazo la posibilidad de acceder a la liberad condicional a los condenados por «terrorismo» a los que se imponen medidas de «alejamiento de territorio», que es el caso habitual de los presos del sur de Euskal Herria.

Tres años después, el Tribunal de Casación considera que «la cuestión que se plantea tiene un carácter relevante» y traslada la misma al Consejo Constitucional, que cuenta con un plazo estimado en tres meses para dar una respuesta a la defensa de Alaitz Areitio. M.U.