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El TSJN declara «no ajustado a derecho» el despido colectivo de Ribera Gourmet

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) ha estimado la demanda presentada por LAB y ha declarado «no ajustado a derecho» el despido colectivo de Ribera Gourmet. LAB indicó que el tribunal considera que la empresa no ha acreditado «la realidad de la causa» de los diez despidos, que afectaron a «personas migrantes y/o racializadas».

El despido colectivo es «no ajustado a derecho». (LAB)

Como «no ajustado a derecho» ha declarado el TSJN el despido colectivo de la empresa del sector agropecuario Ribera Gourmet, según anunció ayer el sindicato LAB, que había presentado una demanda al respecto que ha sido estimada por el citado tribunal.

La central recordó en una nota que, el pasado mes de marzo, Ribera Gourmet, radicada en la comarca de Tutera y perteneciente al grupo La Línea Verde, presentó un expediente de regulación de empleo mediante el que pretendía despedir a 18 de los 50 trabajadores que componían la plantilla.

El ERE estaba «presuntamente motivado por la decisión unilateral de la empresa de dejar de arrendar una finca en Corella al considerarla no rentable, por ser ‘mala tierra’». Pero, «tal y como dicta ahora la sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dicha decisión no es causa justificada para la extinción de contratos», señaló el sindicato.

Además, el comité de empresa, formado por CCOO, ELA y LAB, «no fue informado previamente de ello, ni se buscó ninguna alternativa para mantener la producción y el empleo», explicó.

CONTRADICCIONES

Durante el periodo de consultas, que tuvo lugar entre el 12 de marzo y el 15 de abril, la parte social reprochó a la empresa esta situación. En dicha negociación, «se evidenciaron las manifiestas contradicciones que refleja la sentencia, como la utilización de personal de ETT y la realización de horas extraordinarias, o dudas razonables acerca de la relación de la empresa agropecuaria con el resto del grupo, la procedencia de la materia prima que debería sustituir a la de la finca abandonada o el precio de la misma en los intercambios dentro del entramado empresarial».

En su sentencia, aunque el tribunal no admite la nulidad del proceso «al no haberse podido demostrar mala fe en la negociación ni vulneración de derechos fundamentales», sí declara los despidos como «no ajustados a derecho». Y basa su fallo en que «la empresa no ha cumplido con la obligación que le incumbe de acreditar la realidad de las causas que sirven de soporte a su decisión».

Asimismo, la sala considera no probada la baja rentabilidad de la finca Alrosa de Corella y concluye que la «legítima decisión» de la empresa de dejar de arrendarla «no constituye una causa legalmente justificativa del despido colectivo».

En cuanto al perfil del personal afectado, LAB denunció que «todas las personas despedidas son migrantes y/o racializadas, el 90% de origen magrebí, incluida la única mujer de esa procedencia».