19 NOV. 2025 Expediente a la Universidad del Opus por talar 113 árboles El Ayuntamiento de Iruñea declaró no compatible con la legalidad la tala de 113 árboles por la Universidad del Opus e iniciará un expediente sancionador. Desestimó las alegaciones presentadas por la entidad y exige una planificación de repoblación completa. Algunos de los ejemplares talados por la Universidad del Opus en agosto pasado. (Iñigo URIZ | FOKU) GARA IRUÑEA {{^data.noClicksRemaining}} Pour lire cet article inscrivez-vous gratuitement ou abonnez-vous Déjà enregistré? Se connecter INSCRIVEZ-VOUS POUR LIRE {{/data.noClicksRemaining}} {{#data.noClicksRemaining}} Vous n'avez plus de clics Souscrire {{/data.noClicksRemaining}} Tras considerar que no es compatible con la legalidad, el Ayuntamiento de Iruñea anunció ayer que iniciará un expediente sancionador por la tala de 113 árboles en la Universidad del Opus el pasado mes de agosto y mantendrá la medida cautelar de paralización de los apeos, hasta la emisión de la oportuna licencia. La Junta de Gobierno, siguiendo un informe de la Asesoría Jurídica municipal, desestimó las alegaciones presentadas por esa entidad académica e incoará un expediente sancionador que podría aparejar una multa y el deber de repoblación de arbolado en compensación por los ejemplares talados sin licencia. La operación de tala sin permiso dejó un saldo de 113 ejemplares cortados de chopo lombardo y álamo de diferentes calibres y alturas, tanto en la zona de la carretera, en ambos márgenes del río Sadar, como en la zona del Colegio Mayor Belagua y el conocido como Edificio Central. El informe jurídico, contra la tesis de la Universidad, reitera la necesidad de licencia expresa. Además, descarta el argumento de la necesidad de las actuaciones de apeo por cuestiones de seguridad, ya que, según el servicio de Zonas Verdes, solo diez de los árboles talados pueden quedar cubiertos legalmente por la necesidad de intervenir, debido a su mal estado de conservación y al riesgo que suponían. SILENCIO NO POSITIVO Dicho informe, además de mantener la medida cautelar y que la tala siga paralizada en tanto que no obtenga la licencia, apunta que la Universidad deberá presentar un plan de repoblación de arbolado en el que cuantifique la inversión económica a realizar, al menos en el equivalente al valor de los ejemplares cortados, una variable que se calculará conforme a un índice que se encuentra en la llamada Norma Granada. El personal jurídico explica en su informe que, en este ámbito, en ningún caso el silencio administrativo es positivo, sino que las talas requieren una licencia urbanística expresa de la que carecía la Universidad del Opus. De hecho, siendo ese arbolado un bien natural catalogado de grado 2 de protección, la autorización de esa intervención sería excepcional, requeriría de informe técnico favorable y llevaría aparejada la presentación de una propuesta de restauración de la densidad de arbolado. El informe jurídico municipal concluye que «con carácter previo al inicio de las obras, el interesado sí era plenamente conocedor de la ausencia de autorización para ello, de que la licencia no había sido concedida por silencio administrativo y de que, además, su solicitud no contaba con el visto bueno de los servicios técnicos municipales». SOLO DIEZDe los 113 ejemplares talados, solo diez pueden quedar cubiertos legalmente por la necesidad de intervenir debido a su mal estado de conservación y al riesgo que suponían.