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40 años después el Senado se reivindica en Catalunya

«¿Qué hacer?» se preguntaba Lenin en un libro. En sus antípodas ideológicas, los rectores del Estado español han estado cuatro décadas haciéndose esa misma pregunta respecto al Senado, una Cámara de segunda división... hasta que en 2017 descubrieron el artículo 155.


La reforma del Senado es uno de los clásicos imperecederos de la literatura política española. Sin duda, se ha escrito y teorizado sobre ello más que de cualquier otro asunto ligado estrictamente a la configuración institucional del Estado, lo que tiene sentido ya que quienes lo gestionan nunca han sabido muy bien qué hacer con la Cámara Alta.

Presentado sobre el papel constitucional como un órgano de representación territorial, al estilo de otros estados con sistemas más o menos descentralizados, el Senado español nunca ha funcionado como tal. No lo ha hecho por varias razones, entre las que se encuentran el sistema mixto de elección de sus integrantes y la constatación de que estos no representan a sus territorios sino a sus partidos. Como en el Congreso, vaya, aunque a los electos y electas por votación directa se les suma en este caso los designados por los Parlamentos autonómicos. Pero representar, lo que se dice representar, los senadores representan a sus partidos, estén empadronados en Gasteiz o en Sotosalbos.

De hecho, el propio Reglamento del Senado les empuja a ello, y aunque quisieran representar a los territorios por los que concurren a los comicios lo tendrían difícil. Valga como ejemplo el artículo 32 de la Cámara, que prevé la posibilidad de conformar «grupos territoriales» con senadores elegidos por designación autonómica y los que han obtenido su escaño en las elecciones estatales, en cada provincia, pero esos «grupos territoriales» solo se pueden constituir dentro de un mismo grupo parlamentario. No cabe por tanto crear grupos interpartidistas, que expresen una posición unitaria desde una comunidad concreta. Es evidente que los legisladores no estaban pensando en ello.

Otro ejemplo es que solo una quinta parte de todos los senadores y senadoras son designados por los Parlamentos de cada comunidad autónoma, lo que devalúa más su teórica función representativa de las mismas.

Otra razón para que no haya cuajado esa idea de espacio de representación territorial es que el Senado español se ha inspirado desde su inicio, en 1837, en el modelo británico, donde la Cámara Alta –Cámara de los Lores– estaba conformada por notables, nombrados con carácter vitalicio y cuya función era hacer de contrapeso conservador a la Cámara Baja, elegida por sufragio directo.

Un modelo diferente al americano, donde el bicameralismo respondía al carácter federado de EEUU. En este caso, los estados que se unían buscaban un órgano que les permitiera participar en la formación de voluntad legislativa de la Federación, como contrapartida a la cesión de soberanía. En el caso español, sin embargo, el Estado ha sido profundamente centralista casi toda su historia y su Senado no había contemplado nunca una función como la del norteamericano. Un defecto se serie que ha mantenido hasta ahora.

Hijo de la LRP tardofranquista

Lo cierto es que la estructura actual del Senado bebe directamente de la Ley para la Reforma Política (LRP), que entró en vigor el 4 de enero de 1977 y que formalmente era una Ley Fundamental del franquismo. El Senado previsto en la LRP no era una Cámara de representación territorial, pues la provincia no era más que la circunscripción electoral, de modo que los senadores, como los diputados, serían elegidos «en las provincias» y no «por las provincias». La principal diferencia con el Congreso se centraba en el número de escaños y en la forma de elección. Según expone en un ensayo publicado en 2011 Antonio Cidoncha Martín, profesor de la Universidad Autónoma de Madrid, el Senado sería la Cámara de la «España rural», frente al Congreso, la de la «España urbana».

En resumen, la LRP contemplaba un Senado compuesto en sus 4/5 partes por senadores elegidos en sus provincias y que estaba en una posición subordinada al Congreso en lo que respecta a la función legislativa ordinaria, y en paridad respecto a una eventual reforma constitucional. Se parecía mucho al Senado que salió de la Constitución de 1978.

En realidad, lo que caracteriza al Senado del 78, por encima de su teórico carácter territorial, es su duplicidad funcional con el Congreso y, junto a ello, su posición secundaria respecto a éste. Y es que, en lo que respecta a la función legislativa, el procedimiento se pone en marcha siempre en el Congreso, y el Senado es en todo caso Camara de segunda lectura, y en caso de controversia y diferencia de posiciones, acaba decidiendo el Congreso. lo mismo que en el ámbito presupuestario, donde la iniciativa es del Gobierno, no del Congreso, pero la última palabra la tiene la Cámara Baja.

Es cierto que la Constitución concede al Senado algunas atribuciones, como el nombramiento de cuatro miembros del Tribunal Supremo y diez del Consejo General del Poder Judicial, igual que el Congreso, así como la capacidad de interponer recursos de inconstitucionalidad o la intervención en reformas constitucionales, pero parece poca justificación para su existencia. La Creación de la Comisión General de las Comunidades Autónomas, en 1994, y las reformas reglamentarias (de 1994, 2005 y 2010) destinadas a posibilitar el uso de lenguas oficiales distintas al castellano, más simbólicas que otra cosa, no han servido para darle empaque.

Llave del artículo 155

Por tanto, ¿qué sentido tiene contar con dos Cámaras de representación partidaria, no territorial, donde además una está en posición de inferioridad respecto a la otra? En Madrid han estado cuatro décadas dándole vueltas a esa pregunta, mientras calaba en la opinión pública la sensación de que aquello era un cementerio de elefantes, donde los partidos mayoritarios colocaban a sus figuras más vetustas mientras aguardaban a su definitiva jubilación. Hasta que, de repente, el Senado ha cobrado una relevancia insólita.

Lo ha hecho a costa de Catalunya, cuyo proceso independentista lleva varios años copando la actualidad política del Estado. Y es que raíz del referéndum del 1-O, que le sacó los colores ante el mundo, la clase política española buscó en su arsenal y topó con una arma que ha alterado por completo el panorama: el artículo 155 de la Constitución.

Se trata de un artículo casi desconocido hasta 2017, que autoriza al Gobierno a adoptar medidas excepcionales contra «las comunidades autónomas que incumplan las obligaciones que la Constitución o las leyes les impongan o que atenten contra el interés general». Y resulta que una de las pocas atribuciones que el Senado mantiene en exclusiva es la activación de esa herramienta, por mayoría absoluta y a propuesta del Ejecutivo, que una vez aplicado el artículo toma el control de la administración intervenida.

Así lo hizo el Gabinete de Mariano Rajoy hace dos años, y ahora casi no hay día en que los partidos mayoritarios en Madrid no amenacen con repetir la misma jugada.

«No deja de ser incongruente que una Cámara formada en sus 4/5 partes por senadores de igual reclutamiento que los diputados asuma en exclusiva la importante decisión de autorizar al Gobierno a adoptar medidas de coerción contra las Comunidades Autónomas», expone Cidoncha. Y es cierto, pero también lo es que ese papel de clavija represiva ha hecho del Senado un objetivo clave.

Ejemplo de ello es la decisión de Vox de presentar en esta ocasión un único candidato al Senado por cada provincia, y no tres como el 28A, en lo que constituye un guiño al PP, partido del que Santiago Abascal procede igual que la gran mayoría de sus votantes. El político de Amurrio, que cabalga sobre el fascismo con la misma soltura que sobre sus caballos, argumentó esta decisión en la necesidad de lograr que haya «el máximo número de representantes dispuestos a aplicar sin miedo y de manera inmediata el artículo 155 de la Constitución», contra Catalunya.

Porque Catalunya está siendo el tema estrella de esta campaña y el 155 la idea fuerza.

Si a ello le sumamos la capacidad de vetar el techo de gasto –ya lo hizo el PP el pasado mes diciembre–, que no tiene mayor importancia en un contexto de bonanza pero sí cuando empiezan a pintar bastos en la economía, resulta que la noche del día 10 habrá casi tantos ojos mirando al Senado como al Congreso. Y la pelea en este caso parece que va a ser bastante más cerrada que en abril.

 

un marco para fijar posición y sacar los colores al gobierno

Por su supeditación al Congreso en materia legislativa, el Senado siempre ha sido relegado por los partidos mayoritarios del Estado, donde los principales espadas buscan acomodo en la sede de la Carrera de San Jerónimo. Pero para las formaciones más pequeñas, cuya visibilidad es más complicada en la Cámara Baja, esta institución ha sido aprovechada para fijar su posición ante la opinión pública.

Una de las personas que más chispas ha sacado al Senado ha sido Jon Iñarritu, que en los tres años (2016-2019) que ha sido senador de Euskal Herria Bildu por designación parlamentaria ha dejado intervenciones memorables, que se han hecho virales en las redes sociales y le han convertido en una celebridad no ya en Euskal Herria sino también en Catalunya, donde se le ha agradecido sus constantes denuncias de la actuación represiva del Estado contra el proceso independentista.

Con un estilo propio, sin perder la calma en ningún momento, Iñarritu ha logrado desde el Senado protagonizar sonados titulares. Por ejemplo, cuando en febrero del año pasado preguntó al Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto, si conocía al «delincuente» Manuel Sánchez Corbí, coronel jefe de la Guardia Civil condenado a por torturas a Kepa Urra e indultado después por el Gobierno español, o cuando llamó «hooligans» a los senadores del PP.I.B.