Una sentencia del TC podría anular decenas de miles de multas impuestas en el confinamiento
Una sentencia del Tribunal Constitucional podría suponer la anulación de todas las multas impuestas merced a la Ley Mordaza en la primavera de 2020 por saltarse el confinamiento. En Hego Euskal Herria se produjeron unas 45.000 sanciones.
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En una jugada rocambolesca, el ala conservadora del Tribunal Constitucional (TC) podía anular decenas de miles de multas impuestas merced a una Ley aprobada por el PP pero aplicada por una decisión del Gobierno PSOE-UP.
La liebre la ha levantado este viernes ‘El País’. En respuesta a un recurso presentado en su día por Vox, el ponente del TC, magistrado Pedro Trevijano, ha redactado una sentencia que se debatirá el próximo 22 de junio.
En el documento, añade el rotativo, se sostiene que el confinamiento domiciliario decretado durante la primavera de 2020 fue una suspensión de derechos fundamentales. Para este tipo de medidas no basta con la declaración de estado de alarma por parte del Gobierno, sino que debe declararse el estado de excepción, que ha de ser aprobado por el Congreso.
Quienes no comparten el punto de vista de Trevijano apuntan que el confinamiento limitó derechos, no los suspendió, ya que en aquellas fechas incluso hubo manifestaciones.
La ponencia añade que, debido a este defecto de forma, todas las sanciones que se impusieron deberían quedar anuladas. Dichas sanciones se impusieron amparándose en la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, impulsada en 2015 por el Gobierno del PP, con el ministro de Interior Jorge Fernández Díaz a la cabeza.
Entre 600 y 10.400 euros
En aquellos casi 100 días se impusieron en Hego Euskal Herria unas 45.000 multas, que iban desde los 600 euros por «desplazamientos no autorizados» hasta los 10.400 por «organizar o participar en actividades de grupos que suponen riesgo de contagio», según detallaba una guía distribuida por el Ministerio de Interior, en ese momento, igual que ahora, en manos del exjuez Fernando Grande-Marlaska.
Ya el verano pasado dos informes de la Abogacía del Estado y diversos colectivos apuntaban que para multar con la Ley Mordaza no bastaba con el mero incumplimiento de las restricciones de movilidad, y planteaban dudas sobre que se considerra desobediencia a la autoridad el mero hecho de no respetar el confinamiento.
Según añade ‘El País’, el juez Pedro Trevijano no pone en duda el fondo y asume que las restricciones eran las adecuadas para combatir la pandemia, habían sido recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y se aplicaron en otros países, pero considera que para ello debería haberse decretado el estado de excepción.