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Europa abre la puerta a investigar si el caso Altsasu tuvo un juicio justo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado trámite a los recursos de las defensas de los ocho de Altsasu y ha abierto la puerta a investigar si tuvieron un proceso judicial justo en el Estado español.

Altsasu Gurasoak, en el tramo final de la marcha ciclista realizada en octubre de 2019. (Iñigo URIZ / FOKU)

Estrasburgo ha dado trámite a los recursos presentados las defensas de los ocho jóvenes de Altsasu que fueron juzgados y condenados por una trifulca con dos guardias civiles y sus parejas.

Una vez dado trámite a estos recursos, el TEDH abre la puerta a investigar las irregularidades que se podrían haber producido durante el proceso judicial en el Estado español, donde las defensas denunciaron la falta de imparcialidad, la ausencia de un proceso justo y la desproporción de las penas que se impuso a los encausados.

La defensa de Unamuno y Urkijo protestó ante el TEDH por la vulneración del derecho a un proceso justo. En ese sentido, recordaron la denegación de pruebas, las irregularidades en los reconocimientos o la duplicidad del procedimiento judicial en sus inicios.

Del mismo modo, recurrieron ante la justicia europea alegando la vulneración del derecho a un juez imparcial, recurso que realizaron todas las defensas. En los primeros pasos del caso en la Audiencia Nacional, las defensas de los ocho jóvenes ya pidieron la abstención y la recusación de la jueza Concepción Espejel, al entender que no podía ser imparcial ya que estaba casada con un coronel de la Guardia Civil y ha sido condecorada por ese cuerpo militar. Sin embargo, aquella recusación no tuvo ningún tipo de recorrido, ya que la propia Espejel consideró «extemporánea» la petición y dijo que se había presentado fuera de plazo, siendo así ella la encargada de rechazar su propia recusación.

Durante la instrucción del caso ya se denegó a varios testigos propuestos por las defensas y el 27 de octubre de 2017, la sala de la Audiencia Nacional conformada por Manuela Fernández, Fermín Javier Echarri y la propia Concepción Espejel inadmitió la mayoría de pruebas y testigos de las defensas. Por contra, aceptó todas y cada una de las propuestas de las cinco acusaciones (la Fiscalía, la acusación particular de las dos mujeres, abogado del Estado como acusación particular de los guardias, Covite y un sindicato de la Guardia Civil).

A la defensa de Unamuno y Urkijo se le bloquearon pruebas para contrarrestar el informe sobre Ospa Mugimendua, que era la base para justificar la calificación de «terrorismo» por la que los hechos se juzgaron en la Audiencia Nacional y no en Iruñea. En el mismo sentido, a José Luis Galán, en representación de Abad y Urrizola, le denegaron un tique de caja que probaba la hora a la que el primero había dejado de trabajar aquella noche en el bar Haritza o el vídeo grabado por el propio camarero instantes después de la trifulca y en el que se observa al sargento buscando a los presuntos agresores sin identificar a nadie.

En los recursos, que tras esta notificación avanzan en el largo camino judicial europeo, hicieron asimismo referencia a las irregularidades en los reconocimientos fotográficos y las ruedas de reconocimiento, donde los encausados fueron colocados junto a personas de fisonomía completamente diferente a ellos. Espejel también dio carpetazo a este asunto defendiendo que «la impugnación se hace después de haberse realizado las mismas y no en el mismo momento en el que los acusados fueron sometidos».

Los recursos también recuerdan que el procedimiento estuvo duplicado durante un tiempo. En noviembre de 2016, Covite debió interponer su denuncia en los juzgados de Iruñea, donde la causa ya estaba en marcha, pero lo hizo en la Audiencia Nacional, que reclamó toda la documentación a la titular de los juzgado de Iruñea Mari Paz Benito. La jueza navarra, en un primer instante, aguantó el pulso, pidiendo a Lamela que le enviase, también ella, la documentación con la que contaba. De este modo, había dos juezas para un mismo caso, una anomalía que abocaba a que el conflicto de jurisdicciones se dirimiera en instancias superiores. Tal y como hizo después el Supremo en favor de la Audiencia Nacional.

Los ocho, en Altsasu

La Audiencia Nacional, en primera instancia, condenó a los ocho vecinos de Altsasu a penas de prisión de entre 13 y dos años. Tras el recurso en el Tribunal Supremo, este mantuvo elevadas penas de entre nueve años y medio y un año y medio.

Los ocho ya se encuentran en la localidad de Sakana, donde están terminando de cumplir condena. Los últimos en abandonar la prisión de Zaballa fueron Jon Ander Cob y Julen Goikoetxea, que el pasado 22 de junio recibieron el tercer grado, por lo que ya no tienen que regresar a la cárcel a dormir.