El TSJC ordena la ejecución de la pena de prisión de Laura Borràs
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha ordenado la ejecución de la pena de prisión de Laura Borràs, si bien está aún en el aire la opción de que la expresidenta del Parlament y expresidenta de Junts sea indultada parcialmente.
La Sala Civil Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha declarado firme la condena de la expresidenta del Parlament y expresidenta de Junts, Laura Borràs, por fraccionar contratos, y abre el proceso para ejecutar la pena de prisión, fijada en 4 años y medio. Ratifica, así, el dictamen del Tribunal Supremo, aunque propone un indulto parcial, que reduciría la pena a 2 años de cárcel.
Para evitar su entrada en prisión, Borràs cuenta aún con la posibilidad de recurrir al Tribunal Constitucional y a la justicia europea, para pedir la suspensión cautelar del cumplimiento de condena. Sin embargo, la defensa de Borràs confía en la opción del indulto, ya que el TSJC se ha mostrado a favor del mismo y, por lo tanto, podría ser propuesto por el propio tribunal al Gobierno español.
Además de la pena de cárcel, el TSJC impuso a Borràs 13 años de inhabilitación, así como una multa de 36.000 euros, por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institución de las Letras Catalanas, entre 2013 y 2018.
En un auto hecho público este martes, el TSJC declara la firmeza de la sentencia dictada por la sala segunda del Tribunal Supremo el pasado 10 de febrero de 2025, en la que se rechaza el recurso de casación interpuesto por la expresidenta de Junts y otros dos condenados, y ordena «incoar la correspondiente ejecutoria».
El Supremo rechazó en su resolución la petición de la exdirigente de Junts de que se le aplicara la amnistía, por lo que el alto tribunal catalán considera que ya no cabe recurso alguno «ni ordinario ni extraordinario, salvo los de revisión y amparo constitucional»; en su sentencia, el TSJC sugirió un indulto debido a la elevada condena impuesta.
El TSJC da traslado a las defensas de las personas condenadas para que, por plazo de diez días, formulen alegaciones sobre las circunstancias de la ejecución de las condenas impuestas y, una vez presentadas o vencido el plazo, se dará traslado a la acusación pública «por el mismo plazo y a igual fin».
Isaías Herrero y Andreu Pujol
Así como con Borràs, el TSJC también ha confirmado las condenas de Isaías Herrero y Andreu Pujol, implicados en el mismo caso. Herrero ha sido condenado a dos años de prisión e inhabilitación especial para ejercer el derecho al sufragio pasivo, como cooperador necesario en un delito continuado de falsedad en documento oficial y como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil. Asimismo, deberá pagar una multa de 7 meses con una cuota diaria de 10 euros y se le ha prohibido ser contratado por administraciones públicas durante un año y 10 meses.
Pujol, por su parte, ha sido condenado a un año y dos meses de prisión, inhabilitación para ejercer el derecho al sufragio pasivo y a pagar una multa de 5 meses con una cuota diaria de 15 euros, como cooperador necesario en los mismos delitos. Como a Herrero, se le ha prohibido ser contratado por administraciones públicas durante un año y un día.