NOV. 30 2025 CONSUMO Normas para el comercio ambulante Berta García {{^data.noClicksRemaining}} To read this article sign up for free or subscribe Already registered or subscribed? Sign in SIGN UP TO READ {{/data.noClicksRemaining}} {{#data.noClicksRemaining}} You have run out of clicks Subscribe {{/data.noClicksRemaining}} El comercio ambulante es la venta de productos o servicios sin un establecimiento fijo (mercadillos, puestos callejeros), donde los vendedores se sitúan para ofrecer sus mercancías en espacios públicos. Las actividades de la venta callejera, al desarrollarse en suelo público, necesitan para su ejercicio una autorización previa, siendo los ayuntamientos las administraciones competentes para facilitarla. Los establecimientos también han de cumplir las condiciones que exige la normativa reguladora de cada objeto puesto a la venta. Esta obligación es especialmente importante cuando se comercializan alimentos (turrones, embutidos, patés...), pues han de contar con los controles y autorizaciones sanitarias, información de su etiquetado, etc. Los productos que se vendan en el comercio ambulante deben ser originales y estar en buenas condiciones -nunca falsificaciones o de origen ilícito-. El comercio está obligado a proporcionar factura o tique a toda persona que lo solicite. Si el producto presentara defectos o taras, las personas consumidoras tienen derecho a su devolución. Si el producto fuera de temporadas anteriores o presentara alguna tara (sobre todo en textiles), el vendedor tiene que informar a la clientela previamente a la compra. También en el comercio ambulante se cuenta con la garantía legal de tres años cuando se adquiere un producto nuevo. Asimismo, los espacios de venta ambulante están obligados a contar con hojas de reclamaciones y de publicitarlas a través del cartel anunciador de las mismas a disposición de cualquier persona que las solicite. Actualmente, este tipo de venta se extiende a lo largo del año, aunque con la pre-navidad se acrecienta. Extrememos la cautela para poder reclamar o devolver llegado el caso.