JAN. 19 2018 El TJUE advierte discriminación potencial en el Estatuto de los Trabajadores GARA BRUSELAS El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó ayer que la Justicia española debe examinar si el Estatuto de los Trabajadores respeta la legislación comunitaria al permitir los despidos por faltas de asistencia al trabajo aun siendo justificadas e, incluso, en caso de enfermedad. El TJUE recuerda que la directiva comunitaria sobre la igualdad de trato en el empleo se opone a una norma estatal que suponga una discriminación directa contra las personas discapacitadas. No obstante, matiza que esa discriminación podría estar justificada si, como asegura el Gobierno español, realmente persigue la finalidad legítima de combatir el absentismo y no va más allá de lo necesario para alcanzarla, lo que debe evaluar el juez español. Ausencias justificadas El caso analizado se refiere a un limpiador de un hospital de Cuenca, que presentó una denuncia contra la empresa que lo empleaba por su despido. El trabajador tenía un grado de discapacidad del 37%, fundamentalmente debido a la obesidad y a una limitación funcional de la columna vertebral, según informó Efe. Se halló en situación de incapacidad temporal durante distintos períodos por problemas de salud cuyo origen radicaba en las patologías que habían dado lugar al reconocimiento de su discapacidad. A pesar de ello fue despedido, pues según la empresa la duración de sus ausencias acumuladas, aun justificadas, había superado los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, es decir, el 20% de las jornadas hábiles en dos meses de 2015, habiendo alcanzado el total de sus faltas de asistencia en los doce meses anteriores el 5%.