FEB. 03 2026 Se vigilará durante 28 días el vacuno que llegue a la CAV El ganado bovino y de otras especies sensibles a la dermatosis nodular contagiosa (NDC) que entre en la CAV procedente de otras zonas será sometido a 28 días de vigilancia veterinaria oficial. Dos veterinarios proceden a la vacunación de una granja de ganado vacuno. (GENERALITAT VALENCIANA) GARA GASTEIZ {{^data.noClicksRemaining}} To read this article sign up for free or subscribe Already registered or subscribed? Sign in SIGN UP TO READ {{/data.noClicksRemaining}} {{#data.noClicksRemaining}} You have run out of clicks Subscribe {{/data.noClicksRemaining}} Una nueva Orden del Gobierno de Lakua actualiza las medidas cautelares frente a la dermatosis nodular contagiosa (DNC), entre las que se encuentra la vigilancia veterinaria oficial durante 28 días a todo ganado bovino y de otras especies sensibles que entre en Araba, Bizkaia o Gipuzkoa procedente de otros territorios. Dicho periodo podrá ser reajustado según la evaluación del riesgo, con la obligación de que dichos animales permanezcan desinsectados, mientras que las explotaciones que incorporen a estas reses estarán inmovilizadas cautelarmente durante el periodo determinado por los servicios veterinarios, abarcando a todos los animales existentes. La norma, que deja sin efecto la anterior de 19 de diciembre de 2025, prohíbe la presencia de ganado bovino en ferias, concursos, certámenes, herri kirolak, romerías, mercados y eventos temporales de Araba, Gipuzkoa y Bizkaia. Con una excepción: las diputaciones forales podrán permitir dicha presencia si todo el ganado es de una misma explotación en origen y se evalúa individualmente el riesgo sanitario. En lo que se refiere a los movimientos de ganado, además de limpiar y desinfectar los vehículos de transporte animal, también es obligatoria la desinsectación de dichos vehículos y de los animales incluidos en el traslado, salvo cuando el destino sea directamente el matadero. CERTIFICADOS Y DECLARACIONES A tal efecto, entre la documentación que tiene que acompañar a los animales deberá figurar, además del certificado de limpieza y desinfección emitido por un centro autorizado, una declaración responsable de haber realizado la desinsectación del medio de transporte y de los animales. Por otra parte, mientras en Gipuzkoa no se alcance la cobertura vacunal del 95 % de las explotaciones y el 75 % de la cabaña ganadera, los movimientos de bovino con origen y destino en la CAV se realizarán según un protocolo coordinado entre el Gobierno de Lakua y las tres diputaciones forales. Una vez lograda dicha cobertura vacunal, en la zona de vacunación I se aplicará lo dispuesto en los protocolos establecidos por la autoridad competente. GENERALIZADALakua volvió a insistir al Ministerio español de Agricultura en la obligatoriedad de extender la vacunación contra la DNC también a Araba y Bizkaia. «La verdadera garantía es la vacunación completa», indicó la consejera del ramo, Amaia Barredo.