30.000 personas llamadas a participar en las elecciones de concejos de Araba el 23 de noviembre
Desde este lunes hasta el 21 de octubre estará abierto el plazo para presentar candidaturas a las elecciones de personas regidoras y vocales de los concejos alaveses. Se celebrarán el próximo 23 de noviembre y 30.000 personas están llamadas a votar en estos comicios que se celebran cada cuatro años.
La Diputación Foral de Araba ha abierto el plazo para la presentación de candidaturas a las elecciones de personas regidoras y vocales de los concejos alaveses, que tendrán lugar el próximo 23 de noviembre.
Cerca de 30.000 personas están llamadas a participar en estos comicios, que se celebran cada cuatro años desde la aprobación de la Norma Foral en 1984.
Las candidaturas, que son individuales a todos los efectos, deben presentarse ante la Junta Electoral del Territorio Histórico antes del 21 de octubre.
En caso de presentarse candidaturas, estas serán publicadas en el BOTHA, y los nombres figurarán en la papeleta. Si no las hubiera, la papeleta estará en blanco y podrán ser elegibles todos los electores no incursos en causa de ilegibilidad escribiendo los nombres directamente.
La historia de los concejos en Araba se remonta al siglo XIII, con referencias a los Usos del Buen Gobierno. A pesar de la creación de ayuntamientos en 1812, los concejos han mantenido su autonomía y costumbres tradicionales, reconocidas legalmente desde 1924 y reforzadas por la Norma Foral de 1984 y la de 1995, que consolidó su estatuto jurídico, según ha informado la Diputación alavesa.
Los concejos son entidades locales con personalidad jurídica propia y plena autonomía para gestionar sus intereses, incluyendo competencias como la conservación de instalaciones e infraestructuras públicas, la gestión de caminos rurales, montes y servicios, así como la administración de su patrimonio.
Existen dos modelos de concejo, el abierto, en el que los órganos de gobierno y administración son la Asamblea Vecinal, la Presidencia y la Junta Administrativa, y el cerrado, que disponen como órganos de gobierno y administración la Presidencia y la Junta Administrativa.
Cada Junta está compuesta por una persona que ostenta la presidencia, y al menos dos vocales, número que aumenta en función de la población del concejo, hasta un máximo igual al número de concejales del ayuntamiento al que pertenece.