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Madrid

La Audiencia Nacional solicita al CNI las escuchas realizadas a abogados, expresos y familiares

El juez Javier Gómez Bermúdez ha pedido al Ministerio español de Defensa que desclasifique los pinchazos telefónicos hechos por el CNI a abogados de presos políticos vascos, como es el caso de Arantza Zulueta, Jon Enparantza, Iker Sarriegi, así como familiares de represaliados y expresos.

Operación policial en 2010, donde fueron arrestados varios abogados, expresos y familiares. (Jon URBE/ARGAZKI PRESS)
Operación policial en 2010, donde fueron arrestados varios abogados, expresos y familiares. (Jon URBE/ARGAZKI PRESS)

El magistrado de la Audiencia Nacional española ha tomado esta resolución en un auto, en el que reclama a Defensa el expediente por el que se autorizaron las intervenciones telefónicas de diez abogados y miembros de diferentes colectivos y sindicatos.

El juez ha acordado que se remitan los pinchazos a los abogados, Iker Sarriegi, Arantza Zulueta y Jon Enparantza, los expresos Naia Zuriarrain y Joxe Domingo Aizpurua, la miembro de Exterat Saioa Agirre, el exmiembro del sindicato LAB Juan Mari Jauregi, el exportavoz de Gestoras Pro Amnistía Julen Zelarain y a Nerea Redondo, encausada en el macrosumario contra 40 jóvenes independentistas.

En su exposición motivada a Defensa, el magistrado recuerda que en esta causa se investigan delitos «de máxima gravedad, se intenta determinar si determinados abogados son o no dirigentes, miembros o colaboradores de la organización terrorista ETA».

Los abogados Sarriegi, Zulueta y Enparantza, los expresos Zuriarrain y Aizpurua, la miembro de Etxerat Saioa Agirre y el exintegrante de LAB Juan Mari Jauregi fueron arrestados el 14 de abril de 2010 junto con Erramun Landa, Asier Etxabe y José Luis Gallastegi.

David Pla fue apresado tres días más tarde por la Policía francesa en Hendaia, pero recobró la libertad posteriormente.

El juez considera ahora que la desclasificación solicitada «no pondría en peligro la eficacia, las fuentes de información, los medios y los procedimientos operativos de los servicios de inteligencia».

Las comunicaciones que el juez reclama son tanto llamadas telefónicas como otras comunicaciones, y entiende necesario desclasificar esos documentos para determinar «si constituyen un medio necesario, adecuado e idóneo para la investigación sumarial».

Según el juez, «la no aportación a la investigación judicial de los documentos o información solicitados daría al traste con el derecho de defensa e impediría de facto el enjuiciamiento, o abocaría a una sentencia necesariamente absolutoria».