Esta decisión en la práctica supone que Matas dejará la cárcel de Segovia, en la que entró el pasado 28 de julio, y pasará a tener como instalación penitenciaria de referencia el Centro de Inserción Social de la cárcel de Segovia.
El Departamento que dirige Angel Yuste ha adoptado esta decisión en aplicación del artículo 31.1 de Reglamento Penitenciario, según el cual, el centro directivo «tiene competencia exclusiva para decidir, con carácter ordinario o extraordinario, la clasificación y destino de los reclusos en los distintos establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de las atribuciones de los Jueces de Vigilancia en materia de clasificación por vía de recurso».
Estas fuentes explican que, a la hora de tomar esta decisión, la Secretaría General ha tenido en cuenta que Matas ya ha cumplido más de la tercera parte de sus nueve meses de condena por un delito de tráfico de influencias en el primer juicio del caso Palma Arena.
Otro de los factores que se han considerado es la primariedad delictivas (que solo está penado por esta causa), la escasa duración de la condena (nueve meses), la buena conducta observada en prisión, que se presentó voluntariamente en prisión para cumplir condena y la posibilidad de actividad laboral en el exterior. Matas está imputado en varias causas más, entre ellas otras piezas del caso Palma Arena.

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