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Iruñea pide el cerficiado de no estar condenado por delitos sexuales a personas que trabajan con menores

Todas las personas que presten sus servicios en el Ayuntamiento de Iruñea y en el organismo autónomo Escuelas Infantiles que trabajen con menores deberán certificar que no están condenadas por delitos sexuales.

En el plazo de un mes desde que les sea requerido, todas las personas que presten sus servicios en el Ayuntamiento de Iruñea y en el organismo autónomo Escuelas Infantiles que pretendan ejercer o ejerzan las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores deberán presentar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes sexuales, o bien autorizar al Consistorio a consultarlo.

 

De esta manera, se busca garantizar el cumplimiento de la nueva redacción del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, un cambio normativo de ámbito estatal que se aprobó el pasado mes de julio.

 

El Decreto de Alcaldía, que entró en vigor el pasado 22 de abril, afecta a personal directamente vinculado al Consistorio, personas voluntarias enmarcadas en entidades de voluntariado o programas cuyo ejercicio conlleve el contacto habitual con menores. También está obligado a esta previsión el personal de empresas contratistas y de entidades que obtengan sbvvenciones o utilicen bienes de propiedad municipal para el desarrollo de actividades y programas siempre vinculados al ámbito del menor.

En esos casos serán los organismos intermediarios los que presenten ante el Ayuntamiento declaración responsable de que el personal a ellos vinculado no consta en el Registro Central de Delincuentes Sexuales con condena por sentencia firme.