El conflicto surgió por una persona a la que al finalizar el contrato se le realizó la liquidación, incluida en el «finiquito», y se procedió a su abono teniendo en cuenta que el periodo de vacaciones para empleados públicos es en Nafarroa de 27 días laborables al año y sobre esa cantidad se calculan los días que correspondían en proporción al tiempo de contrato.
«Nada hay que objetar a la cantidad» puesto que se incluyeron los salarios correspondientes a los días laborables y «también a los periodos de descanso preceptivos», pero el problema surgió al comprobar que las cotizaciones a la Seguridad Social de las vacaciones generadas y no disfrutadas se habían hecho sobre días laborables y no naturales.
Este cómputo incluye, como para el finiquito, calcular los días de vacaciones teniendo en cuento también los periodos de descanso, lo que arroja una cifra de días a cotizar superior a la que se obtiene si solo se computan los días laborables.
CSIF señala que este sistema empleado por la Administración «perjudica a los empleados porque se traduce, a todos los efectos, en menos días cotizados en su historial de vida laboral» y por ello anima a reclamar a cualquier contratado que se considere perjudicado, ya que las cotizaciones se pueden regularizar con hasta cuatro años de efectos retroactivos.
El sindicato insta asimismo a la Administración navarra «a corregir esta práctica que se ha demostrado contraria a las reglas de cotización a la Seguridad Social».