Nerea GOTI
BILBO

Un contrato que empieza con la llamada de un político

Mario Fernández, Rafael Alcorta y Mikel Cabieces intentaron revestir de normalidad la contratación del exdelegado del Gobierno, algo que contrasta con la forma de facturación, con anexos en los que la identidad del favorecido se señala con siglas o trabajos contados pero no documentados de Cabieces.

Descartadas las cuestiones previas presentadas por las defensas para intentar que se archive el caso aludiendo a cuestiones técnicas, la segunda vista del «caso Kutxabank» se prolongó ayer durante horas, por la mañana y parte de la tarde, para escuchar los testimonios de los tres acusados: el expresidente de Kutxabak, Mario Fernández, el abogado Rafa Alcorta y el exdelegado del Gobierno español en la CAV, Mikel Cabieces, a las que siguieron las declaraciones como testigos de Ignacio Sánchez Asiain, director general de negocio; Fernando López de Eguilaz, subdirector general y director de Recursos Humanos, y Joseba Barrena, director general adjunto y responsable de sociedades filiales.

La vista arrancó con la declaración del expresidente de Kutxabank, que empezó recordando por qué se contrato a Mikel Cabieces. Según explicó Mario Fernández, todo empezó con la llamada de «una alta personalidad de un partido», pidiéndole que le buscara «algún tipo de salida laboral» a Cabieces al perder su cargo en la Delegación del Gobierno. Recibió, además, «otras dos llamadas de otro partido» en el mismo sentido, y a Mario Fernández, según expresó, le pareció «razonable» la petición, porque no era la primera vez que se hacía algo así para «proteger a personas que habían estado en primera fila en la lucha contra el terrorismo».

Según detalló, se le indicó que Cabieces había estado ligado a temas de carácter laboral y pensó que «por ahí» podía buscarse una salida, así que con la condición de que no se integrase en la plantilla de la entidad, se encargó al responsable de Recursos Humanos que buscase su acomodo, y del mismo responsable partiría la propuesta de que la salida fuera a través de la asesoría que Alcorta prestaba a la entidad por un plazo temporal. El testimonio sería más tarde contradicho por el propio López de Eguilaz, al afirmar que fue Fernández quien le comentó que había llegado a un acuerdo para el reciclaje profesional de Cabieces como colaborador de Alcorta por tres años, con la condición de que «haga trabajos que no tengan visibilidad pública en el banco», al tiempo que detalla las condiciones de remuneración, 5.783 euros mensuales.

Nada extraordinario

Las declaraciones de los tres acusados, que se negaron a responder a las preguntas de la letrada de la acusación popular, que agrupa a varias centrales sindicales y organizaciones sociales, estuvieron dirigidas a situar la contratación de Cabieces como una actuación corriente, sin nada de extraordinario, y que respondía a un incremento de trabajo del bufete de Alcorta en pleno proceso de fusión de las cajas. Recalcaron, en este sentido, la idea de que con la contratación de Cabieces todas las partes salían beneficiadas, el propio expolítico al conseguir un trabajo tras su dedicación durante años a diferentes cargos en la Administración, la asesoría de Alcorta, al contar con un colaborador que aligeraba su trabajo y la propia entidad, ya que según describió el propio Alcorta, Cabieces aportó importantes contactos de su pasada actividad política y fue de ayuda en algunas cuestiones.

Remarcaron, asimismo, la idea de que entre los máximos responsables de Kutxabank nunca nadie puso en tela de juicio la orden de Mario Fernández sobre la contratación de Mikel Cabieces, ni se manifestó públicamente ni en privado ningún reparo hacia esa fórmula de contratación. Sin embargo, fiscal y acusación popular llamaron la atención sobre la forma en la que se realizaban los pagos, que se justificaban con documentos anexos, en los que la identidad de Cabieces se hacía constar con iniciales.

Reconoció Rafael Alcorta que la contratación de Cabieces le vino impuesta desde la presidencia de Kutxabank y que se quedó «perplejo» al conocer la identidad de un nuevo colaborador por su condición de expolítico conocido, cuyos pagos debía facturar a través del contrato de iguala que mantenía con la entidad bancaria. «Yo no le había seleccionado, yo era sujeto pasivo de una decisión de terceros» –manifestó–y recordó que hubo problemas en un primer momento, porque no pasaba por el despacho, que trasladó a responsables de Kutxabank, aunque la relación mejoró después hasta considerar que Cabieces realizó un trabajo «imprescindible».

Precisamente una de las cuestiones sobre las que incidió la Fiscalía fue la de determinar qué tipo de trabajos realizó Cabieces y por qué durante una relación laboral de varios años no había documentos que sustentaran el trabajo o gestiones realizadas por el expolítico, más allá de que fuera Alcorta quien ejerciese en los juicios o hubiese una cláusula para que su trabajo no fuese público. El mismo Cabieces describió como labores de documentación en materia de jurisprudencia y de propuesta de ideas que reflejaba en anotaciones en post-it y documentos de word, así como en las reuniones de trabajo que mantenía con Alcorta los jueves y los viernes y destacó su intervención en cuestiones como las EPSV o Cajasur.

En respuesta a preguntas de su abogado pudo declarar ante la sala que «nunca» cobró sin trabajar y que jamás percibió dinero de Kutxabank porque era el bufete de Alcorta quien pagaba sus honorarios. Según precisó tampoco había contrato escrito, sino un acuerdo verbal.

Fiscalía y acusación popular preguntaron por 900 euros consignados en concepto de dietas de viajes que Cabieces afirmó no haber realizado o el hecho de que la contratación del exdelegado del Gobierno español se comentase en el traspaso de información expresamente a la nueva dirección si no era considerado como se planteó, como algo anómalo.

López de Eguilaz precisó ante la sala que registraba de manera diferente lo que abonaba al despacho de Alcorta por la contratación de Cabieces en documentos anexos que guardaba personalmente en una caja fuerte y que puso a disposición de la auditoría interna que ordenó la entidad bancaria.