El pasado 10 de abril se dictó el auto de conclusión del sumario, lo que hizo que el Ministerio Fiscal, la acusación particular y las diferentes acusaciones populares solicitaran la apertura de juicio oral a los cinco sevillandos acusados de la agresión sexual ocurrida en la madrugada del 7 de julio en un portal de la calle Paulino Caballero de Iruñea. Sin embargo, los abogados defensores de los encarcelados pidieron el sobreseimiento.
Ante estos dos parecers,s la Audiencia concluye que «la existencia de indicios racionales de criminalidad fue considerada en el auto de procesamiento de 8 de agosto de 2016». En ese auto, el juez instructor tuvo en cuenta «las declaraciones de la víctima, coincidentes con el resultado de los análisis de las evidencias biológicas obtenidas, el visionado del vídeo realizado por los propios procesados y los datos obrantes en el atestado inicial elaborado por la Policía Municipal y sus posteriores ampliaciones».
Este auto fue recurrido, pero el 16 de noviembre la Audiencia lo confirmó al concluir que «existen suficientes indicios que justifican que se haya dictado auto de procesamiento».