Las normas aprobadas indican que los candidatos deberán tener condición política navarra, ser mayores de edad, disfrutar de todos los derechos civiles y políticos, estar en posesión de título universitario de grado superior y contar con más de diez años de actividad laboral o profesional relacionada con el puesto a desempeñar.
Además no podrá estar afiliado a ningún partido político, sindicato o asociación profesional o empresarial, y el cargo será incompatible con cualquier mandato representativo, cualquier cargo político o función administrativa, con el ejercicio de cualquier actividad profesional, mercantil o laboral, así como con cualquier cargo directivo o de asesoramiento.
El puesto de dirección tendrá dedicación exclusiva a esta función y estará sometido al régimen de incompatibilidades de los cargos públicos.
Las personas candidatas serán propuestas por los grupos parlamentarios, agrupaciones de parlamentarios o por las organizaciones sociales que desarrollen su actividad en Nafarroa.
Terminado el plazo para la presentación de candidaturas, la Mesa del Parlamento procederá a calificar si reúnen los requisitos exigidos y a continuación, en su caso, a la proclamación de candidatos.
La elección tendrá lugar en el Pleno de la Cámara y se necesitará la mayoría absoluta mediante votación secreta, obtenida la cual la presidenta de la institución nombrará a la persona elegida para dirigir la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción.
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