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El Gobierno español publica el decreto sobre actividades esenciales en el BOE

La publicación en el BOE del decreto de cierre de la actividad que no es esencial se ha retrasado hasta última hora.

Consejo de Ministros extraordinario celebrado este domingo. (José María CUADRADO JIMÉNEZ / AFP))
Consejo de Ministros extraordinario celebrado este domingo. (José María CUADRADO JIMÉNEZ / AFP))

Margarita Robles ha revelado en una entrevista en La Sexta, antes de la publicación oficial en el BOE, que se establecerá un plazo para que determinadas actividades no se paralicen abruptamente y los empresarios tengan tiempo de preparar esa paralización.

Según recoge el BOE, esta moratoria se aplicará «en aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este real decreto- ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial».

Asimismo, la ministra de Defensa ha admitido que es posible que la situación que se ha desatado con la pandemia del coronavirus pueda volver a reproducirse el próximo otoño y ha admitido que el Gobierno de Madrid ha podido cometer algunos «fallos» durante la gestión de una crisis sin precedentes.

Publicación del BOE

Pasadas las 23.35, a menos de media hora, para que entre en vigor el decreto sobre las actividades esenciales se ha publicado en el BOE. Como ya se había adelantado en el borrador, la paralización de la actividad no afectará a sanitarios, supermercados, abogados y trabajadores de los sectores financiero, gestorías, seguridad, telecomunicaciones, industria manufacturera, medios de comunicación, vendedores de prensa, transporte de mercancías y repartidores de comida a domicilio o de compras por Internet, entre otros.

También establece que las empresas que deban aplicar el permiso retribuido recuperable podrán, en caso de ser necesario, establecer el número mínimo de plantilla o los turnos de trabajo estrictamente imprescindibles con el fin de mantener la actividad indispensable.

«Esta actividad y este mínimo de plantilla o turnos tendrá como referencia la mantenida en un fin de semana ordinario o en festivo», recoge la norma publicada ocho horas después de la comparecencia del Gobierno tras el Consejo de Ministros que la ha aprobado.

Asimismo, detalla que para los transportistas que puedan verse afectados en mitad de un servicio el permiso se iniciarán una vez finalizado el servicio en curso, «incluyendo como parte del servicio, en su caso, la operación de retorno correspondiente».

Por lo que respecta a los empleados públicos, el real decreto-ley especifica que el Ministerio de Política Territorial y Función pública, comunidades autónomas y entidades locales regularán la prestación de servicios por parte de los funcionarios, con el objetivo de mantener aquellos que se consideren esenciales y que no detalla.

En el ámbito de la justicia, se mantendrá la actividad los jueces, fiscales, letrados y resto de personal necesario para las actuaciones procesales no suspendidas por el estado de alarma, así como el personal requerido para el funcionamiento del registro civil.

También queda excluida del permiso la actividad las empresas adjudicatarias de contratos de obras, servicios y suministros del sector público indispensables para el mantenimiento y seguridad de los edificios, así como para la prestación de servicios.