Patxi Zabaleta
Abogado

Inmersión y libertades lingüísticas

No hay en toda Europa una legislación más retrógrada y ridícula que la de las «zonas lingüísticas» de Navarra. No tiene parangón ni en ninguna otra comunidad autónoma del Estado, ni en las leyes y normas lingüísticas internacionales.

La resolución del «Consejo Constitucional» de la República Francesa sobre la conocida como «Ley Molac» ha reabierto el viejo debate sobre la inmersión lingüística. Es un debate contaminado de política y lleno de errores científicos y técnicos, en los cuales ha caído lamentable y burdamente dicha institución política. Efectivamente el «Consejo Constitucional» de la República Francesa, igual que el Tribunal Constitucional del Reino de España son organismos de naturaleza esencialmente política, tanto por el nombramiento de sus miembros como por las funciones encomendadas, como por su colocación a la cabeza del poder jurisdiccional y legislativo.

En este caso concreto, de la brevísima, pero progresista y brillante ley Molac de apenas once artículos ha tumbado dos, el 4 y el 9, y ha dejado vigente el único que habían recurrido un grupo de diputados del partido-conglomerado del presidente, que era el 6, el artículo 4 habla –o hablaba– de la inmersión lingüística, el artículo 9 lo hace del uso en actos civiles de los «signos diacríticos» de las lenguas regionales, lo que se ha simbolizado con la prohibición de la letra «ñ» en los nombres propios, mientras que el artículo 6 habla de la financiación de la enseñanza en las lenguas que no son la francesa.

Lo significativo es que en el debate de la Asamblea Francesa se rompió la mayoría de Macron, aprobándose la ley por una gran mayoría de casi 250 diputados y quedando muy en minoría las posturas jacobinas o centralistas, a las que se había adscrito la formación del presidente, que, dicho sea de paso, más que un partido ideológicamente cohesionado, parece un conglomerado de intereses.

Lo curioso es que un número de unos sesenta diputados jacobinos presentó un recurso contra el art. 6 –el de la financiación–, valiéndose por cierto del retraso intencionadamente efectuado por el presidente en la promulgación de la ley, pero el Consejo Constitucional, con más chulería que un torero de los de antes, no les ha hecho ningún caso en su recurso y se ha valido de él para anular otros dos artículos no recurridos.

Ha habido –y habrá– reacciones de todos los estilos; unas de gran rigor desde la respectiva perspectiva ideológica, como por ejemplo, las de Etchegaray y Molac, que da nombre –o apodo– a la ley, el cual inmediatamente se manifestó en Twitter propugnando una modificación del artículo 2 de la Constitución de la República. Otras reacciones han sido pusilánimes o simplemente cobardes como la de aducir que ese pronunciamiento del Consejo Constitucional no va a enervar la adhesión a favor del euskara de sectores de la sociedad vasca, como dijo el delegado de Euskaltzaindia en Iparralde; o incurren en centralismo, ultramontano y ridículo, lo que en este caso no constituye redundancia.

No hay que olvidad que la República Francesa es hija de la revolución y que en los eslóganes revolucionarios proigualdad –frente a racismo, machismo, imposición religiosa, etc– se les olvidó el invocar la igualdad lingüística. Tampoco hay que olvidar que los criollos herederos de los imperios levantados bajo el señuelo de las religiones y las lenguas –cristianismo y mahometismo, inglés, francés y español– impiden que la lengua y la religión simbolicen a la nación metropolitana. ¿En Nueva Caledonia y en Argentina, qué de la lengua y de la religión?

Pero el debate está servido y hay que abordarlo. Esquematicemos el análisis de la inmersión y los signos diacríticos, frente a esa resolución jacobina. La inmersión es un método, basado en análisis científicos –lingüísticos, gramaticales, psicológicos y sociales– de aprendizaje de una lengua. Se asemeja y constituye la alternativa del método gramatical. ¿Se podría declarar una gramática inconstitucional? ¿Se puede declarar inconstitucional la geometría o el álgebra? Obviamente no; pues la inmersión tampoco. En cuanto a los signos diacríticos –la «ñ» y tantos otros– bastaría recordar a los miembros del Consejo Constitucional, que salgan a la calle o miren a cualquier medio de comunicación moderno y verán infinidad de letras y de signos de lenguas y abecedarios diferentes al francés y que en la propia Francia hay muchos millones de personas de origen y adscripción diferentes. Su falta de realismo les lleva también en este caso al puro ridículo. ¿Cómo le van a cambiar de nombre a un argelino afincado en Francia o a un indio canadiense que venga a vivir en París?

Evidentemente, el Consejo Constitucional de Francia no solo atenta contra libertades y derechos lingüísticos, sino que ha caído en el ridículo. Tanto es así que hasta el propio presidente Macron, que es responsable en buena parte de este desaguisado pero que no es tonto, salió el día 26 de mayo en los medios de comunicación alternativos templando gaitas y afirmando que «las lenguas regionales son patrimonio de la República».

Pero claro, la mirada hacia el norte no es solo para preocuparnos de Iparralde y de la sexta merindad de Navarra, sino que también tenemos que mirarnos en nuestro propio ombligo. No hay en toda Europa una legislación más retrógrada y ridícula que la de las «zonas lingüísticas» de Navarra. No tiene parangón ni en ninguna otra comunidad autónoma del Estado, ni en las leyes y normas lingüísticas internacionales. El progreso en esta materia exige una rectificación, tal como lo está demostrando la sociedad navarra. Así, por ejemplo, en la producción cultural –en unos días bastará fijarse en la feria del libro de la Plaza del Castillo– el avance del euskara es sintomático.

En Navarra, durante decenios la degradante monserga empleada por los cavernícolas era aquella de «¿pero qué quieres que el médico le cure a tu hijo o le hable en euskara?». Algo así como que el enfermo no tenía por qué hablar ni comunicarse con el médico, como hacen los animales con el veterinario.

Los derechos lingüísticos están en el ámbito de los derechos humanos, porque afectan a la personalidad; y por lo tanto, a la dignidad. Y habrá que hablar de libertades y derechos y habrá que llegar al ánimo de jueces y magistrados que la discriminación objetivamente es contra los que están en peor condición. La libertad es con derechos o no es tal, los derechos tienen que ser en igualdad o no son tales... Pero por desgracia, ya se sabe que enseñar a los ignorantes, además de una obra de misericordia, proclamada en el Sermón de la Montaña es el quehacer más difícil si se trata de engreídos y cenutrios, como son muchas veces los poderosos.

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