Itsasne Allende Sopelana
Profesora de Relaciones Internacionales EHU

Ordenar el patio trasero

Cuando una potencia bombardea Venezuela y ejecuta la captura del presidente Nicolás Maduro bajo la pretensión de que actúa con legitimidad, lo que se rompe no es una discusión coyuntural sobre Caracas, ni depende de la simpatía o antipatía que despierte su Gobierno, sino la premisa fundacional de la convivencia internacional desde 1945: que la fuerza no confiere derecho y que la seguridad no se construye a golpe de decisiones unilaterales, sino mediante reglas comunes que obligan a encauzar las disputas por vías pacíficas.

En el centro de ese marco está la Carta de las Naciones Unidas: su artículo 2.4 prohíbe la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, y solo admite dos vías para apartarse de esa prohibición, la autorización expresa del Consejo de Seguridad o la legítima defensa ante un ataque armado, siempre sometida a necesidad y proporcionalidad. Convertir una operación armada unilateral en herramienta para imponer un cambio político o para ejecutar decisiones adoptadas fuera de los mecanismos colectivos vacía la Carta de contenido y vulnera una norma imperativa, es decir, una regla que no admite excepciones discrecionales ni puede relativizarse por razones de oportunidad.

A esa vulneración se añade un elemento especialmente corrosivo, porque la captura forzosa de un jefe de Estado en ejercicio y su traslado fuera del país sin consentimiento venezolano constituyen un arresto extraterritorial incompatible con la igualdad soberana y una privación de libertad sin garantías. Esa protección incluye la inmunidad frente a tribunales extranjeros mientras dure el mandato, incluso si otro Estado discute su legitimidad. Negar la legitimidad del mandatario, o invocar acusaciones penales, no suple el consentimiento del Estado territorial ni convierte la coacción en procedimiento; y si se normaliza esa práctica, el mensaje es inequívoco: quien tiene capacidad material para intervenir podrá decidir, también, quién gobierna.

Como telón de fondo reaparece el principio de no intervención, que prohíbe imponer desde fuera decisiones políticas fundamentales y rechaza el cambio de gobierno por la fuerza. Un límite que el principal tribunal de la ONU recordó en 1986, en el caso Nicaragua contra Estados Unidos, al considerar contrarias al Derecho Internacional acciones destinadas a influir mediante apoyo armado a fuerzas irregulares y otras medidas coercitivas orientadas a torcer la orientación política de otro país. Aquella sentencia fue, en esencia, una advertencia práctica: cuando se tolera la intervención por razones de oportunidad, se erosiona la seguridad colectiva y se abre la puerta a una espiral de inestabilidad regional.

Por eso, este episodio resuena con especial intensidad en América Latina y el Caribe, donde la memoria histórica registra una larga secuencia de intervenciones, ocupaciones y operaciones encubiertas que han dejado sociedades fragmentadas y soberanías condicionadas, desde Haití y República Dominicana hasta Guatemala en 1954, el cerco persistente a Cuba y Playa Girón, Chile, Panamá y la guerra irregular en Centroamérica. El hilo conductor reaparece con nuevos argumentos y con ecos de la doctrina Monroe: la idea de que la región es un espacio tutelado donde la soberanía ajena puede suspenderse si entra en conflicto con intereses estratégicos.

En consecuencia, la pregunta decisiva no es si se aprueba o se desaprueba a un gobierno concreto, sino si se acepta que el uso unilateral de la fuerza vuelva a ser un método normal, porque los precedentes viajan y acaban volviéndose contra todos: si se tolera que una potencia bombardee y capture a un jefe de Estado sin autorización del sistema de seguridad colectiva, otros actores copiarán la receta en sus vecindarios y la presentarán como coherencia. Europa, que afirma defender un orden basado en reglas, no puede refugiarse en la equidistancia cuando está en juego la regla que limita la violencia entre Estados; exigir rendición de cuentas y garantías de no repetición es una política de seguridad, no un gesto retórico.

Ante una crisis que no es periférica, sino estructural, se impone una elección que no tiene nada de abstracta, porque o se reafirma que la paz, la soberanía y la dignidad de los pueblos solo pueden sostenerse sobre límites jurídicos comunes, o se acepta que la política internacional vuelva a regirse por la ley del más fuerte. Si se cruza esa línea, no habrá comunicado, alianza ni tratado capaz de proteger a nadie cuando la próxima bomba decida, otra vez, quién tiene razón; y si el Derecho cae en Caracas, caerá allí donde cualquier poder crea que puede tomar lo que desea, porque entonces lo que se pierde no es solo un principio jurídico, sino el frágil dique que separa la convivencia internacional de la arbitrariedad.

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