Una guía contaminada
La “Guía para acompañar en los últimos días” que Osakidetza ha editado «con la intención de ofrecer apoyo a las familias que transitan por la difícil tarea de acompañar a un ser querido en sus últimos días», según se recoge en la misma, contiene elementos no ya discutibles, desde un punto de vista ideológico, sino claramente inapropiados, por no decir erróneos.
En concreto, la Guía incluye una explicación del testamento vital o Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) en el que se recoge correctamente para qué sirve («es un documento escrito en el que una persona mayor de edad y con plena capacidad decide, de manera anticipada, sobre los cuidados y tratamientos que desea o no recibir en situaciones en las que no pueda expresarse»), así como su «contenido habitual». Pues bien, en dicho contenido se ha ignorado el derecho que tenemos a solicitar la eutanasia, derecho recogido en la Ley Orgánica 3/2021 y, por lo tanto, de obligado conocimiento y respeto para todas las personas que acompañan y cuidan a la persona en el final de su vivir cuando esta así lo haya solicitado. Difícilmente se pueden «respetar sus decisiones», tal y como aconseja la Guía en uno de sus puntos, si se ignora que una de sus decisiones puede ser que se le aplique la eutanasia.
Además de lo anterior, uno de los apartados se titula “Cuidando del cuerpo y del alma”, que expresa una concepción de la persona vinculada a determinadas teorías filosóficas y religiosas que en absoluto son aceptadas por toda la sociedad y, menos aún, por la ciencia en la actualidad. La existencia del alma remite a creencias que no deberían sustentar textos emanados desde las instituciones públicas a las que deben guiar criterios no confesionales.
El cuidado debe dirigirse a la persona, como ser perteneciente a la especie humana y reconocido como tal por la sociedad de la que forma parte. Esa persona puede tener o no creencias religiosas, creer o no en la existencia del alma o del más allá, pero las instituciones están obligadas a no tomar postura por ninguna de esas opciones que son personales, no institucionales ni obligatorias. Por ese motivo, consideramos que el título de ese apartado debe ser sustituido por otro que bien podría ser: “Cuidando a la persona”.
Por otra parte, y dentro del citado apartado de “Cuidado del cuerpo y del alma”. la Guía insiste en hacer referencia a realidades (la «espiritualidad»), como si fueran partes separadas del cuerpo de la persona muriente, es decir, como pertenecientes a esa supuesta alma, cuando en absoluto existe evidencia de que sea así. Lo espiritual no es solo lo que guarda relación con la religiosidad. Respetar las creencias, sean religiosas o no, sí; afirmar que las personas tienen un alma, y que lo espiritual le pertenece, no.
Por último, cuando en la Guía se explica en qué consiste la sedación paliativa, se puntualiza que «no equivale a eutanasia. La sedación paliativa respeta la vida y no busca acortar ni prolongar el proceso de morir», lo cual es una tergiversación, porque siendo verdad que no equivale a la eutanasia, es falso, sin embargo, que lo que las diferencie sea que la sedación respeta la vida y la eutanasia no. La eutanasia respeta la vida humana, porque respeta a la persona que es su poseedora y no pretende modificar su voluntad por razones ajenas a la misma, como sí hacen, en ocasiones, quienes no están de acuerdo con que exista ese derecho.