Exposición de Abel Azcona
«Meterse con las convicciones no puede salir gratis. Si esos actos son delictivos y atentan contra los derechos fundamentales de las personas entre los que entran las convicciones religiosas, tienen una responsabilidad», ha advertido el secretario general y portavoz de la Conferencia Episcopal Española, José María Gil Tamayo en referencia a la exposición de Abel Azcona con 242 formas consagradas formando la palabra 'pederastia' y a otros actos contra la libertad religiosa.
La Constitución en el art. 16 del título 1 «De los derechos y deberes fundamentales» dice:
«Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.»
¿Algún obispo puede decir qué hay en la exposición que atente contra este artículo u otro de la Constitución?
A la exposición de Abel Azcona, como a muchas declaraciones de obispos que atentan contra la sensibilidad, pensamientos, libertad y sentido común de muchas personas, hay que aplicar el artículo 20 de la Constitución:
«1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.»
Lo que quieren aplicar los obispos es el artículo 525 del código penal, que no es un «derecho fundamental»:
«1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.»
Este artículo que es contrario al texto constitucional, estaría derogado si alguna vez hubiéramos votado para tener un gobierno laico.
No estaría de más que en los acuerdos de gobierno que se están dando en la capital tuvieran en cuenta esta derogación.