El principio del fin de la excepcionalidad punitiva

La vía de los acuerdos judiciales para cerrar procesos políticos quedó ayer definitivamente asentada con una doble decisión paralela en Bilbo y Madrid. Mientras el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco remarcaba en su sentencia que los delitos imputados a Hasier Arraiz carecen de gravedad (con una claridad tal que ha hecho a las acusaciones renunciar a recurrirla), la Audiencia Nacional cerraba igualmente con penas menores un proceso a nueve personas que afrontaban un riesgo de entre nueve y quince años de cárcel. La inclusión otra vez de la AVT y DyJ, inicialmente reticentes, en este acuerdo despeja el panorama. Tiempo habrá de hacer balance del sufrimiento humano y el castigo político injusto producido por estos macroprocesos durante dos interminables décadas, ya irreparable. Hoy es momento de saludar que la pesadilla empieza a tocar a su fin, por la firmeza que adquieren estos acuerdos (con el de la AN ya son cuatro casos), por la conformidad general que despiertan (ni siquiera en los ámbitos más intransigentes del Estado español están siendo cuestionados) y por la evidencia objetiva de que el calendario de macrojuicios se va agotando.

El camino recorrido en estos meses demuestra que la legalidad, incluso la mil veces retorcida legalidad española, puede utilizarse para construir soluciones cuando hay voluntad para ello. Este principio ha servido, desde el caso de los 35 de Segura hasta los de ayer, para no seguir llenando las cárceles, y resulta igualmente válido para empezar a vaciarlas. Para empezar, porque no tiene sentido ni coherencia que hoy haya decenas y decenas de personas presas condenadas por los mismos «delitos menos graves, por el medio empleado o el resultado producido» que estos últimos 50 militantes que han eludido la cárcel. Y porque, profundizando en la misma realidad, al resto de represaliados e incluso sus familias se les sigue castigando con otras prácticas de la idéntica excepcionalidad penal que ahora se empieza a admitir.

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