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El TSJN anula las 100 plazas ofertadas en euskara en la OPE de Educación del Gobierno

El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha anulado las plazas para euskara contempladas en la Oferta de Empleo Público de personal no docente universitario aprobada por el Gobierno para el año 2016.

El TSJN ha anulado las cien plazas ofertadas en euskara en la OPE de Educación.
El TSJN ha anulado las cien plazas ofertadas en euskara en la OPE de Educación.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN asegura que cualquier OPE del Departamento de Educación para puestos de trabajo que incluya una referencia a cualquier idioma que no sea el castellano estará ofertando puestos de trabajo distintos a los recogidos en la plantilla orgánica del departamento y, por tanto, serán contrarios de derecho.

En la sentencia, que puede ser recurrida, el TSJN estima el recurso presentado por el sindicato Afapna contra el decreto foral de 10 de febrero de 2016 por el que se aprobaba una OPE que contenía diversas plazas de maestro en euskara: 10 de ecuación física, 10 de música, 20 de pedagogía terapéutica, 25 de inglés y 35 de euskara.

Según el sindicato recurrente, el Departamento de Educación incumplió los criterios establecidos en la plantilla orgánica, puesto que la misma no especifica en qué puestos de trabajo es preceptivo el conocimiento del euskara para acceder a los mismos.

Las vacantes, según Afapna, figuran desde hace años en una sola bolsa de trabajo sin adscripción a ningún centro con la única indicación de si son plazas de maestros (nivel B) o de profesor de Secundaria (nivel A). El decreto foral, en cambio, contenía una relación de vacantes que recogía la diferencia entre castellano o euskara que no existe en la plantilla orgánica.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN expone que, según el artículo 18.1 del decreto foral 29/2003 para el uso del euskara en la Administración foral, las administraciones públicas, mediante resolución motivada, indicarán en sus respectivas plantillas orgánicas los puestos de trabajo para los que el conocimiento del euskara sea preceptivo para poder acceder a los mismos en función del contenido competencial y de la demanda.

En el caso enjuiciado, el TSJN parte de un hecho: las plazas contenidas en la OPE de Educación en euskara «no vienen previstas en la plantilla orgánica correspondiente con tal especificación».