NAIZ
MADRID

La Audiencia Nacional no ve delito en la pitada al himno español de la final de Copa y archiva la causa

La Audiencia Nacional española ha rechazado investigar la pitada al himno español que se produjo en la final de Copa del año pasado y ha archivado la causa. El auto del juez Fernando Andreu señala que «los hechos no sons constitutivos de ninguna infracción penal».

El juez de la Audiencia Nacional española Fernando Andreu ha rechazado investigar por un delito de «injurias contra el titular de la Corona» y otro de «ultrajes a los símbolos o emblemas de España» la pitada al himno español que tuvo lugar el pasado 30 de mayo durante la final de la Copa en el Camp Nou entre el Barça y el Athletic. Así, ha archivado la causa.

El magistrado ha dictado un auto en el que acepta la competencia de la causa de la que se inhibió el juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona, para a continuación decretar el archivo de las actuaciones al no ser los hechos investigados «constitutivos de ninguna infracción penal». Manos Limpias denunció los hechos en Barcelona y la Fiscalía consideró que había indicios de delito.

Andreu recuerda que el juez Santiago Pedraz ya archivó una querella presentada por la Fundación Denaes por hechos similares que se produjeron en la final de la Copa de 2009 y la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal avaló su decisión.

Debido a la similitud entre ambos casos, Andreu sostiene que son «íntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos» por la Fiscalía, en los que se consideraba que «la libertad de expresión es la piedra angular de los principios de la democracia».

Según los argumentos que defendió entonces la Fiscalía y que el juez hace ahora suyos para rechazar la denuncia, es «de la máxima importancia no desmotivar a los miembros del público, por miedo a sanciones penales o de otro tipo, de expresar sus opiniones sobre cuestiones de interés público» que requieren «un plus de protección de conformidad» con la función que cumple la libertad de expresión.

Añadía que la emisión «de un determinado sonido» así como «la colocación de unas pancartas» no se pueden considerar como injuriosas, «salvo que pretendamos avanzar tanto en la protección de estas instituciones que impidan cualquier y concreto acto de crítica».

Por eso, el juez cree que la Fiscalía se contradice ahora al afirmar que hubo delitos de injurias al rey y a los símbolos o emblemas de España en la pitada que se produjo en el Camp Nou en el informe dirigido al magistrado para que aceptara la denuncia de Manos Limpias.