Iñaki Egaña
Historiador

Derecho a decidir

Leí hace unos meses a Vargas Llosa, a cuenta de la vía soberanista catalana, que eso de la libertad «no puede ser libertinaje ni caos». Vargas Llosa, el que ya conocen, escritor brillante que de UPyD desfiló al PP, que disputó la presidencia de Perú al hoy delincuente encarcelado Fujimori, y que siempre nos ha tenido en sus oraciones a los vascos, para enviarnos al infierno. Libertad enlatada.

El orden mundial, el contrato social roussoniano surgido tras la última y sangrante confrontación mundial, acuñó institucionalmente conceptos ya al uso, entre ellos el del derecho a la rebelión (Carta de Naciones Unidas), una paradoja. ¿Se puede actuar avalado por la ley contra la ley? Fue el paraguas para decenas de luchas anticolonialistas y organizaciones que luchaban contra la tiranía, entre ellas ETA.

También recibió el espaldarazo internacional el derecho de autodeterminación. A pesar de pronunciamientos previos, Naciones Unidas fue, asimismo, la promotora universal, esa misma organización que hoy reúne a 193 estados, apuntalando «el derecho de los pueblos y su derecho a disponer de ellos mismos». En 1974, la misma ONU añadía que «el derecho a disponer por sí mismos constituye una contribución significativa al derecho internacional contemporáneo».

El derecho a la autodeterminación fue localizado en el contexto de las reivindicaciones anticolonialistas, nos dijeron los académicos y los agentes de corte centralista, como los de París y Madrid. En Francia tuvo un recorrido muy ajustado a su propia Constitución (1958) que señalaba el sujeto del derecho, el pueblo francés. Recordarán que la independencia argelina tuvo que votarla en referéndum tanto la metrópoli como la colonia. Un sinsentido.

España fue más allá en esa Transición que ahora parece ser no tan modélica. Sobre textos nada menos que del final de la Segunda Guerra Carlista, de cien años antes, hicieron un copia-pega y anunciaron lo que hemos sufrido hasta la saciedad: «la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles». En una misma frase eso de «indisoluble-indivisible», por si fuéramos miopes.

En la Constitución española lo que subyace es la consideración del Estado como nación, heterogénea y no plurinacional, falseando la realidad y queriendo hacer ver que el hecho diferencial que motiva la diversidad tiene menor entidad que el hecho integrador, no existiendo deseo de esos pueblos por ser una nación distinta. En ese marco político, que obviamente conlleva otro jurídico, el derecho de autodeterminación no tiene cabida. La ley local sobre la norma de derecho internacional que citaba Naciones Unidas.

La caída del Muro de Berlín (1989) demostró que el derecho de autodeterminación seguía teniendo carta de naturaleza. Europa, el Viejo Continente, inmóvil por intereses y pasiones nada políticas, experimentó un terremoto. En los dos años siguientes a la caída del Muro de Berlín, al margen de la reunificación alemana, nacieron 17 nuevos estados (sin contar los que surgieron en la ex URSS más allá de los Urales) ejerciendo el derecho de autodeterminación: Estonia, Lituania, Letonia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Chequia, Eslovaquia, Rusia, Eslovenia, Croacia, Serbia, Bosnia, Macedonia, Georgia, Armenia y Azerbaiyán. Más adelante se sumaron Montenegro (2006) y Kosovo (2008).

En Quebec se produjeron dos referéndums en aplicación del derecho de autodeterminación, que tuvieron lugar en 1980 y 1995. En ambas ocasiones triunfó la opción de seguir siendo parte de Canadá, aunque en la última de ellas, la opción unionista venció por menos de 1%. En Escocia se ejercitó un referéndum el 18 de setiembre de 2014, con el resultado de «no a la independencia», y en Cataluña una consulta sobre su soberanía, el 9 de noviembre de 2014. Ha habido, asimismo, otros estados (Somalilandia, Abjasia y Nagorno Karabaj) que se han declarado independientes pero que no han sido reconocidos por la comunidad internacional excepto, para este último, el Estado de California. Abjasia tiene relaciones con Nicaragua, Venezuela y Rusia.

Especiales son los casos de Palestina, registrado por más de un centenar de estados, y Sahara,, reconocido por 80 estados. Otros casos especiales son los de Taiwan, reconocida en ONU como «provincia de China» y El Vaticano, que no forma parte de Naciones Unidas a pesar de que pidió su ingreso en 2004. En 2006 y 2014, dos naciones incorporadas a Moldavia (Transnistria y Gagauzia) ejercitaron favorablemente su derecho a la autodeterminación. En 2014, asimismo, Crimea y la ciudad de Sebastopol establecieron, por referéndum, su independencia y la intención de incorporarse a Rusia. Los últimos estados en el mundo constituidos tras el ejercicio del derecho han sido Eritrea (1993), Timor Lorosa’e (1999) y Sudán del Sur (2011).

El impulso europeo provocó, en Hego Euskal Herria, un reforzamiento en sus aspiraciones. Tal y como había sucedió en el Parlament de Catalunya, el 15 de febrero de 1990 la Cámara de Gasteiz aprobaba una propuesta sobre el derecho de autodeterminación en la que no se recogía la posibilidad de su libre ejercicio. El Parlament de Cataluña fue más allá, en enero de 2013, cuando proclamó la Declaración de Soberanía y del Derecho a Decidir del pueblo catalán. El sujeto estaba marcado.

Sin embargo, con la criminalización de las opciones independentistas a partir de 2002 y, en especial con la Sentencia del llamado proceso 18/98, aquellas formaciones que no apoyan el actual estatus jurídico político, es decir, los que defienden el ejercicio del derecho de autodeterminación, pertenecen a ETA. Sabemos que no es así, unos y otros, pero los jueces actúan como si lo fuera. El star Garzón acuñó el término de «los fines violentos que se recogen en los proyectos de independencia y autodeterminación».

España ha criminalizado el derecho internacional, no solo en lo referente a la libertad de los pueblos. Avala con su Constitución al Ejército español como garante de su «unidad», recordando, nuevamente como hace casi 150 años, que el «enemigo» no es externo, sino «interno», inmortalizando implícitamente la pérdida de sus colonias por el mundo, en especial en Latinoamérica, durante el siglo XIX. La modernidad ha llegado a España, pero con matices mayúsculos. Lo descubrimos incluso en la hoja de ruta de grupos que en un momento u otro podrían ser aliados de nuestra causa emancipadora.

En el centro de ese debate sobre «el derecho de los pueblos a decidir por sí mismos» de Naciones Unidas, surgió un valor de sentido común, por un lado, y de democracia y libertad por otro, que se ha convertido en dinámica política: el derecho a decidir. Cualquier circunstancia está relacionada con la ampliación del objeto de decisión democrático. De esa manera, una comunidad, un grupo, una colectividad del tipo que fuera, expresa su decisión y resuelve un dilema a través de su derecho a la decisión, es decir, de sus capacidades democráticas.

Permítanme que recupere una definición, certera en mi opinión, sobre el tema. Es de Jaume López y se refiere al derecho a decidir: «Principio político legitimatorio según el cual si un sujeto político, pacífica y democráticamente, y después de no haber conseguido reiteradamente ningún acuerdo con el Estado, quiere convertirse en un nuevo Estado y tiene la posibilidad de hacerlo, porque es viable, y no atenta contra los derechos básicos de ninguno de sus ciudadanos, debería poder conseguirlo, aunque no se dé una relación colonial».

En conclusión, y lo de Vargas Llosa solo es una anécdota en un mar lleno de ellas, la discusión se centra en los valores democráticos y de libertad. Por ello, la defensa de los constitucionalistas: libertinaje, caos, intolerancia… Más de lo mismo. Un lenguaje tan alejado de los principios democráticos como el estado de involución que llevamos padeciendo en los años más recientes.

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