Los hechos se remontan a mayo de 2015 cuando el acusado, que mantenía una relación de pareja con la madre de la niña en un domicilio de una localidad guipuzcoana, «comenzó un acercamiento sexual» a la pequeña, «tratando de tocarla con ánimo lascivo e invitándola a ver juntos una película pornográfica».
Paralelamente, el inculpado adquirió diverso material de grabación audiovisual camuflado. Tras conocer, en octubre de 2015, que la niña había iniciado una relación sentimental con un chico de 17 años, el procesado «trató de influir» en ella, «animándola a tener relaciones sexuales con su novio».
El hombre también consiguió acceder al teléfono móvil de la chica, conociendo así los días en los que esta se citaba con su pareja. El acusado «llegó a obtener 83 vídeos de los dos menores manteniendo relaciones sexuales». También grabó a dos amigas de la víctima, una de las cuales aparece desnuda en tres vídeos, mientras que la otra lo hace en uno.
Durante el juicio, celebrado el pasado mes de octubre en la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa, la Fiscalía y las acusaciones particulares que ejercieron las familias de las víctimas rebajaron su petición de penas desde los 23 hasta los 18 años de cárcel, con los que el encausado se mostró conforme.
El hombre ha sido condenado ahora en firme como responsable de un delito de acoso sexual a menores y cuatro delitos de vulneración de la intimidad. Junto a las penas de prisión, el encausado deberá abonar una multa de 1.620 euros, además de compensar a las víctimas con distintas cantidades que en conjunto ascienden a 75.000 euros, entre otras penas complementarias.