BERTA GARCIA
CONSUMO

Cierre de una clínica dental

El cierre de la clínica dental Identix viene a sumarse a otros recientes aún no resueltos para miles de personas y pone de manifiesto la escasa sensibilidad y tutela de las administraciones públicas. Por un lado está la falta de diligencia para adoptar medidas exigibles a este tipo de negocios que entran en el mercado sanitario, como pueden ser las pólizas de responsabilidad civil con fondos de garantía para eventuales riesgos y, por supuesto, un exquisito control en las nuevas autorizaciones e inspecciones regulares.

De otra parte, este tipo de negocios surgen por la ausencia de cobertura de atención sanitaria pública y, por lo general, son las personas con menos recursos las que recurren a los mismos, precisamente por la posibilidad de financiar los tratamientos. Es el sumatorio de estas lagunas el que propicia la proliferación de negociantes sin escrúpulos que saben que el nicho de usuarios es amplísimo porque la salud dental es importante.

Recuperar dinero e historiales. Tal y como está la situación, con la empresa en fase concursal, al colectivo de personas afectadas se le abre un proceso complicado para recuperar su dinero y sus historiales clínicos. No obstante, las personas que tuvieran pendiente aún parte de la financiación del tratamiento y en virtud de la Ley 16/2011 sobre contratos de créditos al consumo: «El contrato de financiación con la entidad prestamista podrá dejarse sin efecto sin penalización alguna si se dejara de prestar el tratamiento. Para ello, será necesario dirigirse a la entidad prestamista con la cual se hubiera financiado el oportuno tratamiento».

Al interponer la reclamación ante la entidad financiera con la que se haya contratado la financiación, la misma tendrá que dar respuesta en el plazo de diez días hábiles. Con esta reclamación se le hace saber a la financiera que se ha dejado de prestar el servicio y, por lo tanto, que se tiene derecho a la resolución del préstamo y a la devolución total o parcial, según los supuestos, de las cantidades previamente abonadas. Es importante hacer el envío de forma fehaciente (fax, burofax, notarial...)