El TJUE ha sentenciado que la banca española deberá devolver a sus clientes todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo abusivas.
El fallo difiere de la decisión del Tribunal Supremo español de limitar la devolución de las cláusulas suelo a partir de mayo de 2013 y no con carácter retroactivo.
La máxima instancia judicial europea señala que tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas.

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