NAIZ

El TC suspende el nuevo juicio de Bateragune hasta decidir si es procedente o no

Por unanimidad ha aprobado el Constitucional español la medida cautelar pedida por la defensa tras la admisión a trámite del recurso contra el nuevo juicio a Arnaldo Otegi y sus compañeros. No serán juzgados hasta que se resuelva. Y todo, hay que recordarlo otra vez, con las condenas ya cumplidas.

Iruin, junto con los cinco condenados del caso, al anunciar el recurso en diciembre de 2020. (Jon URBE | FOKU)
Iruin, junto con los cinco condenados del caso, al anunciar el recurso en diciembre de 2020. (Jon URBE | FOKU)

El Tribunal Constitucional ha suspendido la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó repetir el juicio por el caso Bateragune, lo que significa que no podrá celebrarse un nuevo juicio en la Audiencia Nacional hasta que se resuelva el recurso presentado por Arnaldo Otegi y los otros cuatro condenados.

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que el Pleno del tribunal de garantías ha estimado por unanimidad la cautelar solicitada por Otegi y el resto de condenados para que se suspenda la sentencia del Supremo hasta que resuelva sobre el fondo de la cuestión.

La ponencia ha recaído en el magistrado del bloque conservador Pedro González Trevijano, quien precisamente se postula como próximo presidente del tribunal de garantías cuando culmine en unas semanas la renovación de cuatro magistrados.

El Constitucional ya había admitido a trámite el recurso de amparo de Arnaldo Otegi, Arkaitz Rodríguez, Rafa Díez Usabiaga, Miren Zabaleta y Sonia Jacinto contra la sentencia del Tribunal Supremo que ordenó repetir el juicio, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) anulara sus condenas, que cabe recordar que se purgaron hasta el último día.

Esta decisión se conoció el 15 de octubre, por lo que la resolución de la cautelar ha sido rápida.

«De especial trascendencia»

Al admitir a trámite el recurso, el TC ya dejó escrito que considera la cuestión de «especial trascendencia constitucional», dado que es sabido que no hay precedente alguno de esta situación, en que se pretende volver a sentarles en el banquillo pese a la anulación por Estrasburgo y con las condenas de cárcel ya cumplidas en su totalidad (seis año y medio en el caso de Otegi y Díez y seis en el de los otros tres).

Esa resolución del Constitucional cita que los recurrentes alegaron que la repetición de juicio ordenada por el Supremo tras la anulación europea vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, puesto que supone un «doble enjuiciamiento» y además «en un supuesto en que las penas en su día impuestas a los demandantes (prisión e inhabilitación especial) ya han sido cumplidas».

Los motivos por los que la defensa apelaba al Constitucional fueron desarrollados extensamente por el abogado Iñigo Iruin en una comparecencia en diciembre de 2020.

Tras conocer la resolución del Supremo, en una rueda de prensa junto a los cinco castigados apuntó primero «una obviedad, porque en tiempos de confusión hay que comenzar por cosas básicas: las sentencias de Estrasburgo son de obligado cumplimiento, vinculantes».

Lo que está en cuestión en este caso, prosiguió, es cómo se aplican esas sentencias y en este caso concreto, la declaración del juicio de 2011 como injusto hecha por Estrasburgo a finales de 2018. Y aquí recordó los cuatro motivos básicos que llevó la defensa a este debate reabierto en el Supremo y que fueron desatendidos, entre ellos lo decretado por el propio Tribunal Europeo en la sentencia: que solo podría haber un nuevo juicio a solicitud de los condenados.

En paralelo, Iruin recordó que la única fórmula de aplicación de la sentencia europea era el recurso de revisión del Supremo, que ya había sido resuelto con la anulación del juicio, y ello además sin que la fiscal que ahora ha reclamado otra vista oral lo planteara en ese momento: «No cabía volver sobre el tema», recalcó Iruin.

Añadió el letrado vasco, como tercer motivo, que «no existe norma en la legalidad española para un nuevo juicio. Y no lo digo yo, lo dijo el Tribunal Supremo en una sentencia de 2017 que está firmada por Manuel Marchena» (justo el presidente de la Sala Segunda que ha propiciado esta repetición, conocido por su actuación frente al «procés» catalán).

El cuarto argumento de la defensa ante el Supremo fue que «la celebración de un nuevo juicio vulnera la prohibición del ‘non bis in idem’ [no juzgar dos veces a alguien por un mismo tema]». Algo que también está asumido por el Alto Tribunal en su jurisprudencia, recordó Iruin. Y que ahora se apuntala con la admisión a trámite como asunto de «especial trascendencia» y con la casi inmediata suspensión del juicio hasta que haya decisión sobre el fondo.

Una nueva filtración

Por su parte, EH Bildu ha considerado un «escándalo más» de la Justicia española que la decisión se filtre a la prensa antes de notificarlo a las partes.

«No existe notificación a nuestra defensa del auto que anula el juicio Bateragune hasta resolver el fondo de la cuestión. Es una filtración a los medios del que se espera confirmación. Nada nuevo bajo el sol: un escándalo más al que estamos habituados», ha señalado EH Bildu en Twitter.

En una nota, la coalición ha sostenido que la decisión de repetir el juicio conocido como Bateragune fue «un acto político de desobediencia al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que dejó sin efecto la sentencia. Sentencia que fue íntegramente cumplida» por los cinco condenados.

EH Bildu ha anunciado que la próxima semana, cuando conozca y analice el auto del Constitucional, lo analizará públicamente «en términos jurídicos y políticos con mayor detalle».