
Los uniformados del instituto armado no podrán exhibir tatuajes «que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley», como recoge la normativa publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado español.
Sí se permitirán los tatuajes, incluso visibles con el uniforme, «siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas» por esta ley. Esta es la primera vez que la Guardia Civil autoriza que los tatuajes sean visibles vistiendo el uniforme.
Además, la nueva normativa, que entra en vigor desde este mismo martes, prohíbe «perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes», como argollas o dilataciones, cuando sean visibles con el uniforme.
Este decreto se aplica a todo el personal de la Guardia Civil en cualquiera de las situaciones administrativas en las que se encuentre y al personal en situación de retiro. Y a todas las personas ajenas al instituto armado que vistan el uniforme o réplicas de este para representaciones y actividades de carácter cultural y social.
Respecto al uso del uniforme, se restringe su utilización en actos publicitarios, en cuentas y canales sociales de uso privado o en entrevistas, entre otros supuestos, siempre que no se cuente con autorización previa.

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