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Bilbo

Dos jóvenes condenados a 14 años de cárcel por violar a una chica inconsciente en Bilbo

La Audiencia de Bizkaia ha condenado a dos jóvenes a 14 años de prisión cada uno por violar simultáneamente por vía vaginal y anal a una chica cuando tenía su voluntad anulada por la ingesta de alcohol.

Sede del TSJPV en Bilbo.
Sede del TSJPV en Bilbo. (EUROPA PRESS)

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a dos jóvenes a 14 años de prisión cada uno por violar de modo simultáneo por vía vaginal y anal a una chica con su voluntad anulada por la ingesta de alcohol.

El tribunal ha impuesto a ambos jóvenes, como autores de un delito de agresión sexual, una medida de libertad vigilada de cinco años a cumplir con posterioridad a la pena de cárcel, que incluirá el seguimiento de programas de educación sexual.

Además, deberán pagar una indemnización conjunta y solidaria a la víctima de 30.000 euros y tendrán prohibido comunicarse y acercarse a ella a menos de 500 metros durante 15 años.

Según se recoge en la sentencia, la joven y varias amigas coincidieron de fiesta en una discoteca de Bilbo en la madrugada del 11 de agosto de 2024 con los dos acusados, a los que ella conocía, y sus amigos.

Sobre las seis de la mañana, tras cerrar la discoteca, algunos integrantes del grupo, entre ellos la joven y los dos condenados, se subieron en el coche conducido por uno de los amigos de los procesados con la intención de continuar la fiesta en el domicilio de este.

Sin embargo, el vehículo se detuvo ante la vivienda de uno de los acusados para «coger bebidas alcohólicas», y ella subió al piso junto a los dos jóvenes ahora condenados, donde tuvo lugar la agresión sexual.

En la sentencia se relata la situación de inconsciencia de la víctima, los «cachos de imágenes» que tiene de lo ocurrido, que «fue incapaz de reaccionar» y que finalmente despertó «completamente desnuda y sola» en una habitación de la vivienda.

El tribunal ha basado su resolución en la «solidez de la prueba de cargo» y la verosimilitud del relato de la joven frente a la ausencia de «base lógica de la tesis de descargo de los acusados» y la «falta de coherencia y credibilidad» de la prueba presentada por estos, que se acogieron a su derecho a no declarar en sede policial y en instrucción, y que durante el juicio negaron los hechos.

Según la sentencia, hubo «ánimo libidinoso, de satisfacer sus instintos sexuales con estos hechos inequívocos», cuando la víctima «se encontraba con su voluntad anulada, debido a la previa y potente ingesta de bebidas alcohólicas, no siendo ajena a los hechos la utilización de una cierta, aunque no calificada, dosis de violencia derivada de la concreta vía de penetración conjunta por ambos acusados».

La víctima fue «tratada como un mero objeto o muñeco, cosificándola hasta el grado máximo», y a la hora de fijar la pena la Audiencia destaca también el «carácter degradante que supone ser violada de modo simultáneo, por vía vaginal y anal». 

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.