Mertxe Larunbe, Joan Josep Bosch, Akina de la Cruz y Javier Echeverria
Parlamento Social de Navarra

Como hacer negocios sentándose a ambos lados de la mesa: Sanz y Miranda

Este artículo está basado en una parte de la documentación aportada a este Parlamento Social para el análisis de la deuda pública generada en Navarra en los últimos años

Era octubre de 2008 y el Euribor se situaba en el 5,41%. Miguel Sanz era Presidente de Navarra y de la CAN, Enrique Goñi Gerente de la CAN y Álvaro Miranda Consejero de Economía del Gobierno de Navarra. El Consejo de Administración de Circuito de los Arcos S.L. lo conformaban Javier Esparza, Pablo Romera y Ramón Urdiain. En marzo de 2009 el Euribor había caído de manera espectacular (nunca visto antes) hasta el 1,92% y Circuito de los Arcos S.L. negocia un préstamo de 35 Millones de € con la CAN y en paralelo, un SWAP que le compromete al pago del diferencial de intereses que se produzcan hasta 2014 entre el Euribor y el 2,80%. Perjuicio económico resultante para Circuito de los Arcos S.L. de 2,86 Millones de €.

Era junio de 2009 y el Euribor seguía cayendo de manera espectacular hasta el 1,30% y el Gobierno de Navarra negocia un préstamo de 135 millones de € con la CAN y en paralelo un «collar» que le compromete al pago del diferencial de intereses que se produzcan hasta 2013 entre el Euribor y el 1,76%. Perjuicio económico resultante para la Comunidad Foral de 2,08 Millones de €.

Sobra decir que los perjuicios económicos reseñados tienen como contrapartida exacta un beneficio para la CAN de 4,94 Millones de €. La misma CAN que pagaba dietas a Sanz, Barcina, Maya, Miranda y un sueldo a Goñi superior a 850.000 € anuales.

Vayamos por partes. Los swap, collar y otras permutas financieras de tipos de interés son denominados «Productos Financieros Complejos» por el Banco de España y requieren para su contratación que la entidad financiera se asegure de que el cliente «comprende lo que firma», si es necesario, realizándole un test sobre sus conocimientos financieros. Las entidades financieras se lanzaron a vender ese tipo de productos de manera masiva en esas fechas, generalmente bajo el mensaje de «es como un seguro por si los tipos de interés suben, para evitar que tu deuda pague muchos intereses» sin aclarar que, a su vez. era «como una renuncia al ahorro de intereses en caso de que los tipos de interés bajen y el coste de tu deuda se aminore».

«Casualmente», y pese a que en principio nadie puede saber qué evolución tendrán los tipos de interés, resulta que todas las entidades financieras que vendieron los susodichos swap «apostaron a que los tipos de interés bajarían» y sorprendentemente, acertaron y ganaron «todas las apuestas» con sus clientes, entre los que encontramos a los protagonistas de esta historia, la Comunidad Foral y el Circuito de los Arcos S.L. Repetimos: todas las entidades que vendieron swaps, todas, apostaron a que los tipos de interés bajarían y todas, todas, ganaron sus apuestas con sus clientes, pese a que nadie puede saber qué evolución tendrán los tipos de interés.

Pero no se engañen, las entidades financieras tienen proyecciones bastante fiables a 2-3 años sobre la evolución prevista para los tipos de interés, como por otra parte es su obligación pues se trata de su «materia prima». La Agencia Reuters publica a diario las previsiones sobre la evolución de dichos tipos de interés y sin duda, las entidades financieras consultan dichas previsiones, cosa que es improbable que lo hagan también los clientes. De ahí que se cataloguen como Productos Financieros Complejos.

Por otra parte, recordemos que Bruselas procedió a sancionar al Deutsche Bank, JP Morgan, HSBC, RSBC, Crédit Agricole y Société Générale por «manipular» los tipos de referencia del Euribor. Suponemos que las demás entidades, cuando menos, algo sabrían.

De ahí que en los últimos años se han presentado en los juzgados multitud de demandas contra las entidades financieras para anular dichos contratos y recuperar el importe pagado en virtud de ellos. Generalmente, se ganan en base a 4 argumentos: a) El cliente no sabía lo que firmaba o no lo comprendía, al tratarse de un producto financiero complejo para el que no estaba cualificado y la entidad financiera no había cumplido los requisitos para verificar su aptitud. b) La entidad financiera no puso en conocimiento del cliente la información de la que disponía previamente a la firma (previsiones sobre la evolución de los tipos de interés). c) El producto estaba diseñado de manera que el cliente no podía ganar o solo en determinados escenarios, de manera que era injusto desde su nacimiento. d) La entidad incumplía la Directiva Europea 2004/39 respecto a la conducta a observar frente al cliente (honestidad, imparcialidad y profesionalidad en el mejor interés de sus clientes, advertencias apropiadas acerca de los riesgos asociados a dichos instrumentos financieros, etc.)

Desde el Parlamento Social instamos al Gobierno de Navarra a que presente demanda contra la CAN (subrogada en derechos y obligaciones a Caixabank S.A.) en la pretensión de recuperar para el erario público los 4,94 Millones de € que obtuvo la CAN merced a los susodichos contratos.

La dificultad para ganar esta demanda podría estar en el primer argumento, ya que cuando el cliente es un pequeño empresario (sus víctimas preferidas) no es difícil demostrar su falta de conocimientos financieros suficientes para comprender lo que contrataba, pero en el caso que nos ocupa, el cliente era el Gobierno de Navarra y la firma de D. Álvaro Miranda. De todas formas, sería peor pensar que Álvaro Miranda sí comprendía perfectamente lo que firmaba en representación de sus conciudadanos, teniendo en cuenta que ello ha supuesto un sobrecoste financiero de 4,94 Millones de € en beneficio de la contraparte, la CAN, presidida a su vez por su jefe, Don Miguel Sanz y de la que cobraba suculentas dietas.

Por si no han reparado en ello, en el momento de la firma del swap el Euribor estaba en el 1,92% y el compromiso firmado “aseguró” el pago mínimo del 2,8% de intereses a la entidad financiera. Y en el momento de la firma del collar, el Euribor estaba en 1,46% y el compromiso firmado «aseguró» el pago mínimo del 1,76% de intereses a la entidad financiera. Dado que como hemos dicho había una tendencia bajista previsible y prevista del Euribor, el Gobierno de Navarra pagó de más la diferencia entre el 2,8% (fijo), en el primer caso, y el 1,76% (fijo), en el segundo, y los tipos reales fuertemente descendentes del Euribor. Desde la firma de ambos productos hasta 2014, el Gobierno de Navarra hizo un regalo de 4,94 millones a la CAN con el dinero de todos, por ignorancia o con conocimiento de causa.

Si Miranda y Sanz no entendían lo que se firmaba, el pleito puede ganarse y recuperar el dinero. Si lo entendían, habría que exigir responsabilidades políticas.

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