Isabel Otxoa
Asociación de Trabajadoras del Hogar ATH-ELE

Empleo de hogar en el día de la seguridad y salud laborales

Las autoridades vascas no asumen ninguna responsabilidad para asegurar, favorecer, procurar, que el empleo de hogar salga del abandono absoluto.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL española, vigente desde 1995) excluye de su ámbito de aplicación a las trabajadoras de hogar. Es el único empleo que queda fuera. La exclusión del trabajo de hogar de la LPRL no se explica por la naturaleza de las tareas: aunque sea en otra escala, se hace lo mismo que en el servicio de ayuda a domicilio, en las residencias de mayores o en la hostelería.

Solas ante el peligro (nunca mejor dicho), tienen como único asidero esta frase de la Ley: «no obstante lo anterior, el titular del hogar familiar está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene». Lo de obligado es broma.

Obligado, ¿quién? ¿Cómo? ¿Hasta dónde? ¿Es responsable de las condiciones saludables la anciana que tiene una interna contratada para que la atienda mientras ella va perdiendo la cabeza? ¿Puede descansar la responsabilidad en todas y cada una de las personas que, sin ninguna formación en riesgos laborales, contratan el cuidado privado de sus criaturas, o la realización de las tareas domésticas de su casa mientras se dedican a otro empleo más lucrativo o más ameno?

Es el único sector en el que la empleadora que ordenó una operación peligrosa, como limpiar por fuera cierto tipo de ventanas, pasar con amoniaco un baño sin ventilación... no estará obligada a pagar un recargo sobre las prestaciones de Seguridad Social de la trabajadora dañada por su orden imprudente. A las empresas, esto sí se les aplica.

Hijos e hijas, sobrinos y sobrinas que se hacen cargo diligente de la gestión de los gastos y los bienes de personas ancianas miran para otro lado a la hora de hacerse también responsables de poner freno, por ejemplo, a un acoso sexual o a un maltrato de otro tipo hacia la trabajadora contratada. Pero está fuera de lugar situar este problema en lo mala, malísima, que es la gente que contrata empleo de hogar. Al no poder reeducar a todas las personas de una en una, ni convencerles de lo bien que dormirían comportándose con justicia, se crearon las leyes laborales con su sistema de órdenes y sanciones. Es prehistórico que una norma diga que los empleadores deben cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones sin establecer cuáles son estas. En relación con los riesgos laborales, en el empleo de hogar hay desconocimiento (a veces por las dos partes) y otras veces, nula voluntad de invertir en protección por parte de la familia y de las instituciones.

¿En qué invertir? Invertir en medios materiales y entornos físicos que faciliten trabajar atendiendo personas en situación de dependencia, gastar en formación de las trabajadoras y personas empleadoras. Invertir en hacer posibles condiciones laborales regulares, es decir, en personal para cubrir turnos de trabajo. Se está cubriendo la atención de personas en situación de dependencia con asalariadas internas, que según la estadística de 2019 de la ATH-ELE, en un 81%, hacen jornadas semanales de más de sesenta horas y que en un 16% largo no consiguen un descanso nocturno de ocho horas seguidas por atender a la persona que cuidan. Invertir en servicios (los queremos públicos) que deben sustituir al contrato privado de hogar. Es el único sistema que haría posible garantizar derechos, que en caso de que no fuesen respetados, permitiría que la lucha por conseguirlos (huelga, reclamaciones ante las instituciones del trabajo...), no fuese una total quimera.

Volviendo al Día de la Seguridad y Salud laborales, las autoridades vascas no asumen ninguna responsabilidad para asegurar, favorecer, procurar, que el empleo de hogar salga del abandono absoluto en este tema. Es uno de los casos en los que una ley estatal que les niega competencias les sirve de escudo para protegerse de reclamaciones. Tras incumplir durante años el requerimiento de 8/6/2016 del Parlamento Vasco para que hiciese una guía de seguridad y salud laborales en el empleo de hogar, Osalan publicó la guía el 1/6/2019. Se limitaron a colgarla en su página web.

La situación en la que hemos vivido en el último mes y medio ha vuelto a mostrar el trato institucional hacia el sector. No podría generalizar sobre la conducta de todas las personas empleadoras y sí puedo hacerlo tranquilamente con las instituciones (se salvan algunos ayuntamientos). Con sus distintas situaciones específicas, externas e internas, cuidadoras o no, autóctonas y extranjeras, con y sin permiso de residencia, con y sin redes sociales que las sostuviesen, todas han tenido un problema común: no existían. Me limito ahora a hablar de los llamados riesgos psicosociales como parte de los riesgos para la salud laboral.

No han existido ni como sector cuya contribución se reconocía, ni como personas a dotar de medios de protección, o a instruir sobre el procedimiento a seguir en sus tareas. No han aparecido oficialmente hasta el 1 de abril, día en el que afloraron brevemente a la superficie con el Decreto Ley que les dará un subsidio extraordinario, pero volvieron a desaparecer a efectos prácticos, porque el SEPE tiene hasta el 2 de mayo para comunicar cómo habrá que pedirlo y en qué plazos.

Al nivel de estrés general han añadido el suyo específico. No ha estado causado por un virus, sino por la continuidad de una trayectoria que viene de antes. Inseguridad sobre el papel que se esperaba de ellas (al final, ¿somos o no esenciales?), inferiorización (ni siquiera nos mencionan), incertidumbre sobre los límites del poder patronal (¿pueden impedirme salir de la casa?), miedo (¿dónde iré si enfermo?), más miedo (¿qué pasa si me paran estando sin papeles?), más inseguridad (¿no va a haber nada para las que nos han dicho que no sigamos yendo al trabajo?). Cuando menos, que todo esto quede dicho.

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