Francisco Santos Bera, pensionista

Complementos a las pensiones

Egun on. Cuando se aprobaron en el Parlamento navarro, los complementos a las pensiones, para que el mínimo de estas no estuviese por debajo de los 1.035 euros, aunque no es para echar cohetes, trajo alegría entre las personas pensionistas navarras pobres.

Pero como la hacienda foral no aplica el artículo 607.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que dice: «Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional». No se hará efectivo lo de «ninguna pensión por debajo de los 1.035». Ya que al venir esa ayuda como devolución del IRPF, automáticamente es embargada, si hay algún requerimiento judicial, que los ahí. Terminando, las futuras y ya lo han hecho con las anteriores. En las opulentas cuentas de resultado de la entidad financiera acreedora de turno.

Si el ejecutivo no puede obligar a aplicar el artículo antes mencionado a su delegación de hacienda. Que busque otra figura jurídica que evite ese sangrante atropello. Que la alegría en casa del pensionista pobre dure más allá del mes de abril.

PD: el 2022 el Defensor del Pueblo navarro ya propuso intervenir en el asunto.


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