Víctimas por partida doble sin reconocer ni reparar

Las primeras víctimas de la dispersión que han recorrido el camino para pedir reconocimiento oficial y reparación al Gobierno de Lakua han visto inadmitidas sus solicitudes. Como explica hoy GARA, la Comisión de Valoración determina que no se cumplen los requisitos de la ley, en la medida en que esas vulneraciones de derechos no se pueden atribuir a una persona concreta con una intencionalidad clara. Con todo, estos expertos no niegan en su argumentación que se trató de una práctica denunciable y muestran su empatía a quienes la padecieron.

Efectivamente, la violencia estatal del alejamiento no fue igual que la tortura, las ejecuciones extrajudiciales o las cargas policiales. Tuvo un carácter más retorcido, sibilino, maquiavélico, indirecto si se quiere, pero igualmente violento y además con una afección masiva. Usó a familiares (niños y ancianos incluidos) como auténticos rehenes para un objetivo: doblegar a las personas presas, individual y colectivamente. Esto no se puede negar, obviar ni disimular. Las apelaciones a reformar en el futuro más o menos próximo aspectos de esta ley, que emanan incluso del seno de la Comisión de Valoración, cobran más sentido ante esta inadmisión. El cauce lógico sería que estas víctimas de violencia estatal fueran reconocidas y reparadas por la misma vía que el resto.

Les corresponde, de hecho, un doble reconocimiento, porque además de este proceso administrativo, y sin necesidad de esperar a él, sería de justicia una admisión política de lo que fue la dispersión y lo que supuso. Al fin y al cabo, estas personas –las 16 fallecidas y las decenas de heridas– también fueron víctimas por partida doble: sufrieron el ataque a sus allegados (primeros grados, incomunicaciones o desasistencia sanitaria que generaron muertes) y padecieron además el que se les impuso en carne propia con el alejamiento, con efectos físicos, síquicos, económicos... Tampoco está de más recordar, al hilo del debate político surgido en torno al 50 aniversario de los fusilamientos franquistas, que aquí hay no alegación posible sobre la condición de victimario y de víctima. Fueron víctimas y no pueden quedar borradas.

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