El Arzobispado considera que «el hecho de que el Ayuntamiento sea el propietario de la cripta no le otorga facultades para exhumar y trasladar los restos que se encuentran en un lugar de culto, que no es un cementeio, que es conforme con lo dispuesto en la Ley de Memoria Histórica y cuya inviolabilidad se encuentra garantizada por el actual ordenamiento jurídico», informó Europa Press.
El Arzopispado de Iruñea ha presentado sus alegaciones como "titular de derecho de usufructo a perpetuidad de la cripta y de todos los elementos inmuebles que en ella se contienen».
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